El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santiago ha condenado al Servicio Galego de Saúde (Sergas) a pagar 28.000 euros de indemnización a un matrimonio que perdió a un hijo durante un embarazo gemelar. La sentencia estima parcialmente el recurso de la familia, representada por el abogado Eugenio Moure, especialista en Derecho Sanitario y consumo, y entiende que hubo "mala praxis" por parte de la sanidad pública al perder una ecografía que hubiese probado si había posibilidades de salvar el feto. El fallo no es firme ya que el Sergas y la aseguradora aún pueden recurrir ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Los hechos se remontan al año 2007 cuando la mujer se sometió a un tratamiento de fecundación in vitro, dando como resultado un embarazo gemelar. El seguimiento y control fue llevado a cabo por el Complejo Hospitalario Universitario de Vigo (Chuvi), que pautó la realización de tres ecografías, la última de ellas en enero de 2008. El 11 de febrero la mujer acudió a urgencias aquejada de fuertes dolores de barriga y se comprueba la ausencia de latido cardíaco en uno de los fetos, por lo que se practica una cesárea, resultando fallecido y salvándose el segundo gemelo. La autopsia reveló una "maceración en grado severo" causada por falta de líquido amniótico. Toda vez que la madre ya había acudido en varias ocasiones al hospital por molestias y no había sido detectado el problema, solicitó posteriormente la historia clínica para presentar la reclamación por incorrecto seguimiento del embarazo. El Sergas nunca llegó a facilitar todas las ecografías y alegó que se había "extraviado". El magistrado considera que si esa última prueba hubiese detectado falta de líquido amniótico se llevaría a cabo el tratamiento adecuado para salvar el feto. El Consello Consultivo acordó una indemnización, pero no fue aceptada por el servicio sanitario y el caso acabó en el juzgado.