I.B. - VIGO
"Si le gusta más la ley andaluza que la gallega, la podemos copiar. Como el secretario de Estado, Gaspar Zarrías, conoce esta norma, igual acepta el envite", aseguraba el lunes por la mañana ante los micrófonos el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, en Bilbao. No era la primera vez que proponía al Gobierno de España reproducir la normativa andaluza, o la catalana y la vasca como solución al recurso de inconstitucionalidad a la ley gallega. La diferencia es que esta semana el secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Zarrías, le tomó la palabra, y respondió que aceptaría la redacción andaluza de los artículos en los que se atascó la negociación para levantar el recurso.
Entonces, la Xunta dio marcha atrás. ¿Por qué? Porque reproducir la ley del sur pondría en peligro la fusión, su objetivo desde que se abrió el debate sobre el futuro de las entidades gallegas. La ley de Andalucía amplía el plazo de dos meses, fijado por la norma gallega, para renovar los órganos de dirección de las cajas, y reduce el número de miembros que deben ser removidos de su puesto para asegurar la estabilidad de la institución y la eficacia de su gestión.
¿Y cómo explica el Gobierno autonómico ahora la vuelta de tuerca? Alegando que los plazos marcados por la ley gallega para cambiar las asambleas y los consejos de administración no están recurridos por el Gobierno, y defendiendo que el tiempo en que se deben cambiar los órganos de dirección de las cajas "nada tiene que ver con la Constitución".
Sin embargo, lo cierto es que la Abogacía General del Estado en su recurso contra la ley gallega de cajas sostiene "la inconstitucionalidad de la disposición transitoria primera de la ley" y por ello la recurre, y la impugna en su totalidad, no un párrafo o una parte. Y esa disposición es la que establece que "en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente ley, las cajas de ahorro con domicilio social en Galicia deberán proceder a renovar la totalidad de sus órganos de gobierno, adaptándolos a las disposiciones que se contienen en esta ley".
Es cierto en todo caso que en el recurso se pone el acento en que se obligue a la renovación total y no parcial, como establece la normativa estatal, de los órganos de dirección de las cajas.