El área sanitaria de Pontevedra, con un 20,6 por ciento, se encuentra entre las grandes de Galicia con menor aumento en número de casos de varicela registrados en la última década. Pese a ello, se acercan mucho a los que se tenía constancia hace 20 años.

Según el informe de la Rede Galega de Vixiancia de Saúde Pública, que registra las enfermedades de declaración obligatoria, en 2016, el último año del que se disponen datos informatizados, se dieron en el Complexo Hospitalario de Pontevedra, CHOP, 1.350 casos de varicela. Se trata de un 20,6 por ciento más que los que se dieron en la década anterior, pero también quedan muy alejados de los incrementos registrados en áreas sanitarias como la de Santiago, A Coruña o Vigo, las que mayores subidas presentan.

En el caso de Pontevedra, en 2006 hubo 1.119 casos, 231 menos, aunque también hay que destacar que respecto a la década anterior se había producido una caída superior a un 15 por ciento, ya que en 1996 se dieron 1.322. Esta es una cifra muy similar a la última publicada por la Rede Galega de Vixiancia de Saúde Pública, con solo una diferencia de 28.

Los casos de varicela de Pontevedra suponen un 9,6 por ciento del total de todas las áreas sanitarias gallegas en 2016. Es Vigo la que presenta la mayor parte de ellos, con más de un 23,5 por ciento y sus 3.290 casos. En esta área sanitaria, la enfermedad incrementó su número de casos en más 1.292 respecto a la década anterior, es decir, un 64 por ciento.

Sin embargo, el aumento más significativo es para Santiago de Compostela. Con 2.501 casos en el año 2016 y 882 en 2006 registra una subida de un 183 por ciento.

Le sigue A Coruña, con un incremento de un 80 por ciento, al pasar de 1.580 a 2.844 casos.

El Servizo Galego de Saúde explica que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó en junio de 2005 el calendario común de vacunación introduciendo la de la varicela con una pauta de dos dosis, a los 15 meses y a los 3 años.

Asimismo, la vacuna está incluida en el calendario de vacunación para su utilización en preadolescentes susceptibles a los 12 años de edad y también para determinados grupos de riesgo en otras edades.

La lista de Enfermidades de Declaración Obligatoria incluye la tifoidea, las hepatitis A y B, la gonocócica, la meningocócica, la legionelosis, el paludismo, la parotiditis, la rubeola, el sarampión, la sífilis, el tétanos y la tos ferina, entre las más significativas. El sida y la tuberculosis tienen sus registros independientes.