Justo estos días, la Dirección General de Tráfico también dio a conocer la decisión del Tribunal Constitucional que vino a avalar la validez del positivo obtenido por el narcotest y de la sanción impuesta sin importar el momento en el que se haya producido el consumo de drogas.

Son muchos también los conductores que centraban sus recursos en el hecho de que el positivo por drogas se producía días después de que hubieran consumido las sustancias estupefacientes y cuando la afección a la conducción, alegan, es ya nula.

El fallo que acaba de dictar el Alto Tribunal tumba cualquier duda sobre la validez de los narcotest con indiferencia del tiempo que se haya consumido antes de ponerse al volante.

Según informó la propia Dirección General de Tráfico, para el Constitucional no cabe duda alguna que la multa debe aplicarse al detectar un positivo por drogas al volante ya que se protege algo esencial: "La seguridad vial". "No es relevante, a efectos de legalidad sancionadora, si las drogas consumidas influyen o no en la conducción para incurrir en la infracción administrativa ni que las drogas puedan permanecer en el organismo más tiempo del que duran sus efectos", recoge el Alto Tribunal, desestimando así el reiterado alegato de muchos conductores. Para el Constitucional, el "objetivo clave" de la Ley de Tráfico es "salvaguardar la seguridad vial de todos los ciudadanos y hacerlo con las garantías jurídicas básicas de un Estado de Derecho".

La resolución llega después de que se plantease una cuestión de constitucionalidad por parte de un juzgado de Vitoria. El Tribunal viene a señalar que la reglamentación de Tráfico viene a castigar la presencia de estupefacientes en el organismo mientras se conduce y no su influencia sobre la conducción.