La Consellería de Economía, Emprego e Industria publicó ayer en el DOG el anuncio de la declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación de la cantera de Saiar, denominado "Concesión minera de Espiño número 2663.1", situada entre los municipios de Caldas y Vilagarcía.

Aunque la explotación ocupa terrenos de ambos concellos, la ampliación se prevé exclusivamente sobre territorio caldense, "abandonando la llevada a cabo en terrenos de Vilagarcía de Arousa", reza la documentación.

La Xunta ya recibió en 2009 el proyecto para proceder a la tramitación ambiental correspondiente, y el 4 de mayo de 2011 emitió la declaración de impacto, "considerando el proyecto ambientalmente inviable por incidir en suelo rústico de especial protección de espacios naturales, no estando la actividad objeto del proyecto entre los usos permitidos".

Pero con fecha 5 de octubre de 2017 "se solicita la revisión de la declaración de impacto ambiental en base al nuevo PXOM del Concello de Caldas de Reis, en el que se cambia la clasificación del suelo donde se localiza la cantera y su futura ampliación pasando a rústico de protección forestal".

Con esta modificación de la clasificación del suelo afectado, la Consellería de Medio Ambiente considera que el proyecto es "ambientalmente viable siempre que se cumplan la condiciones que se establecen en la presente declaración", la cual se refiere "en exclusiva a la ampliación del aprovechamiento minero sobre una superficie de unas 11,8 hectáreas", es decir, 118.000 metros cuadrados.

La ampliación de la cantera fue promovida por Granitos Fernández Fernández S.L., aunque en la actualidad es Triturados do Saiar S.L. "por resolución de transmisión de derechos aprobada el 23 de junio de 2017", figura en el DOG.

Vegetación y fauna

Las condiciones que establece la declaración de impacto ambiental de la Xunta para poder llevar a cabo la ampliación de la explotación minera tienen que ver con la atmósfera, agua, suelo, vegetación y fauna, patrimonio arqueológico y restauración.

Así, los niveles de presión sonora y los de polvo y gases en las viviendas más próximas a la zona de explotación no podrán superar los límites que fija la legislación vigente.

En cuanto a la aguas, se prohibe acumular sustancias que constituyan o puedan constituir un peligro de contaminación. "Se evitará la acumulación de pedruscos, tierras, material de obra o cualquier otro tipo de materiales o sustancias en los canales o en las zonas de servidumbre y policía de los cursos de agua o que interfieran en la red natural de drenaje", añade la declaración de impacto ambiental.

Según este documento, "los vertidos que puedan dar lugar a la infiltración o almacenamiento de sustancias susceptibles de contaminar os acuíferos o las aguas subterráneas solo podrán autorizarse si un estudio hidrológico previo demuestra su inocuidad".

En cuanto al suelo, "la tierra vegetal mientras permanezca amontonada no podrá ser mezclada con los lodos procedentes de las balsas de decantación ni con ningún tipo de residuos".

La empresa debe respetar "sistemáticamente la vegetación existente en el entorno, y en el caso de emplear pantallas vegetales de ocultación deberá emplear especies con una altura mínima de 1,5 metros. Durante la fase de explotación se instalará un cierre de protección de malla metálica también de al menos metro y medio de altura que impida la caída de animales.

La superficie total a ocupar por la cantera es de 162.691 metros cuadrados, de los cuales 130.173 se corresponden con la zona de extracción, 4.744 con la balsa de decantación, 4.411 a pisas y accesos y 23.363 a zona de servicios. La duración prevista es de veinte años, hasta el final de la concesión.