La Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio sale al paso por las protestas vecinales que esta semana han tenido lugar en Vilaboa para recordar que todos los expedientes de reposición de la legalidad urbanística que están siendo tramitados en el ayuntamiento de Vilaboa se ajustan estrictamente a la legalidad urbanística en vigor, tanto a nivel autonómico como municipal. La Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (Aplu) está obligada a continuar con su ejecución, y la solicitud de paralización de las órdenes de derribo en marcha carece de fundamento legal.

También quisieron recordar que la tramitación de un expediente de reposición de la legalidad no se ve afectada en ningún momento por los procedimientos de modificación o de aprobación del planeamento que estén en marcha en los ayuntamientos. Los eventuales cambios en un PXOM, por lo tanto, sólo deberán ser tenidos en cuenta una vez este entre en vigor y tras comprobar si su contenido afecta a alguno de los procedimientos de reposición de la legalidad urbanística en curso.

Por este motivo, en el caso de Vilaboa, ayuntamiento que lleva más de 12 años tramitando su PXOM, la Aplu deberá continuará con la ejecución de las órdenes de reposición según proceda en cada caso, bien con la imposición de multas o bien con la ejecución subsidiaria de la demolición si el propietario no lo hace por sí mismo. No existe fundamento legal para paralizar la ejecución de los procedimientos en trámite en este ayuntamiento de forma generalizada ni de ninguno de ellos en particular ya que, de lo contrario, la Aplu estaría infringiendo su deber de velar por el cumplimiento de sus resoluciones, ya sea emplazando al responsable o bien recurriendo a medios de ejecución forzosa.

Asimismo, añaden, hace falta precisar que en estos momentos la agencia urbanística mantiene vigentes en Vilaboa 30 expedientes de reposición de la legalidad urbanística, de los cuales 16 se refieren a construcciones en suelo rústico y las restantes 14 están en zona de servidumbre de protección, en la que el urbanismo se rige por la normativa estatal de Costas. Algunos de estos procedimientos afectan a la residencia habitual de los propietarios, pero también hay que precisar que otros afectan la segundas residencias, estructuras abandonadas o ampliación de naves industriales.

En todo caso, la cifra de expedientes tramitados en Vilaboa es absolutamente normal para un ayuntamiento de estas características, considerando que se trata de un municipio voluntariamente adherido a la agencia desde el año 2010 y que tiene además parte de su territorio afectado por la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre. Asimismo, porcentualmente tampoco llama la atención habida cuenta también de que el año pasado, en el conjunto de la comunidad a Aplu abrió un total de 438 expedientes de reposición de la legalidad urbanística.

Tramitación del PXOM

Por lo que respecta a la tramitación del PXOM de Vilaboa, en mayo de 2017 la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo ( DXOTU) dictó una orden de no aprobación en la que emplazaba al ayuntamiento a emendar una serie de deficiencias detectadas en el proyecto. En estos momentos, el departamento autonómico continúa a la espera de que el ayuntamiento de Vilaboa haga las modificaciones necesarias y le vuelva a presentar el documento para aprobación definitiva.