El Concello de Marín publicó las bases de la nueva convocatoria de ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas en el área de renovación urbana del casco viejo y barrio de Banda do río Lameira. Se trata de la segunda y tercera fase de este programa de rehabilitación urbanística.

Los beneficiarios de las ayudas podrán ser los propietarios, arrendatarios o titulares de algún derecho de uso sobre las casas, cuando estas constituyan su vivienda habitual y permanente o, tras la rehabilitación, el uso sea destinado a domicilio habitual, para uso propio o para alquiler.

También podrán solicitar las ayudas los titulares de viviendas desocupadas siempre que la solicitud lleve parejo el compromiso de ocuparlas ellos mismos, transmitirlas o cederlas a terceras personas, en arrendamiento o por cualquiera otro título legalmente admisible, siempre como residencia habitual. Este compromiso tendrá que cumplirse antes de transcurridos seis meses desde que finalizaran las obras, y quedarán condicionadas las ayudas a la efectiva ocupación de las viviendas en dicho plazo, que podrá ser prorrogado hasta un año previa solicitud de la persona interesada.

Estas bases tienen por objeto iniciar el procedimiento de concesión de una tercera fase de subvenciones destinadas a la rehabilitación de edificios y viviendas en el Área de Rehabilitación Integral Casco Vello e Barrio Banda do Río Lameira, de conformidad con la Ordenanza municipal reguladora de dichas ayudas y en ejecución del acuerdo firmado entre el Ministerio de Fomento, el Instituto Galego de Vivenda e Solo y el Concello de Marín, el 26 de octubre de 2017. Las bases tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.

El importe de las ayudas se imputa al Plan Estatal 2013-2016, que estableció una inversión de 225.750 euros, correspondientes a las aportaciones del Ministerio de Fomento para la segunda fase y de 199.640 euros para la tercera fase, a los que se suman en este caso 57.040 euros que aporta la comunidad autónoma.

Según las cuantías de las ayudas con cargo al Ministerio de Fomento se establece una subvención general del 35% del presupuesto protegido, entendiendo éste como el coste total de todas las actuaciones que se subvencionen, que no podrá superar los costes medios de mercado de las actuaciones.

En cualquiera caso, la cuantía máxima de la subvención por cada vivienda objeto de rehabilitación no podrá exceder de 11.000 euros.

Según las cuantías de las ayudas con cargo a la Comunidad Autónoma serán hasta 4.000 euros por vivienda objeto de la actuación de rehabilitación, sin que la subvención pueda exceder el 10% del presupuesto protegido de rehabilitación de la vivienda o del edificio.

En todo caso, solo se beneficiarán de estas ayudas aquellas actuaciones con cargo a la tercera fase del ARI. Las actuaciones con cargo a la segunda fase obtendrán solo las ayudas con cargo al Ministerio de Fomento.

La concesión de ayudas quedará condicionada a la existencia de créditos idóneo y suficiente en el momento de la resolución de la concesión. El plazo de presentación de las solicitudes será de 60 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOP.