La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra acogió ayer un juicio contra un acusado de un delito de abusos sexuales contra la sobrina de su pareja sentimental. La vista oral se desarrolló a puerta cerrada por expresa petición del fiscal, para preservar así la identidad de la menor. Además, de lo poco que ha trascendido es que la declaración de la víctima se produjo por videoconferencia para evitar así el contacto visual directo con el acusado o incluso antes del juicio en las dependencias del Palacio de Justicia.

Sí se pudo saber el término de la vista oral, que la Fiscalía mantuvo su petición de condena contra el acusado, para quien reclama una pena de dos años y seis meses de prisión por un delito de abuso sexual contra la menor, a los que hay que sumar otros 8 meses de cárcel como autor de un delito de provocación sexual.

También trascendió que la defensa solicita la libre absolución del acusado.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía, los hechos se produjeron a mediados del pasado año en una vivienda en la que el acusado convivía con su pareja en el partido judicial de Cangas de O Morrazo. Según el Ministerio Público, el acusado trasladó a la menor a la vivienda con la excusa de invitarla a comer y una vez en el domicilio, estando en una de las habitaciones, comenzó a tocarse los genitales, desnudándose acto seguido a la vista de la menor, cambiándose luego de ropa. Más tarde el acusado se vistió de nuevo y, tras sentarse encima de la cama, empezó a jugar con la menor al caballito, sentándola encima de sus piernas, teniendo una erección; siempre según la versión de la Fiscalía. Por último, le dijo a la niña que no contase nada de lo sucedido porque "era secreto", proponiéndole después ver una revista pornográfica con ella.

Como consecuencia de estos hechos, la Fiscalía señala que la menor tuvo que recibir asistencia psicológica. Su madre denunció lo sucedido solo un día después de que hubieran sucedido.

Además de la pena de prisión, la Fiscalía reclama que se le imponga al acusado la prohibición de acercarse a la menor a menos de 200 metros, o comunicarse con ella, por espacio de tres años. Asimismo, reclama que el procesado indemnice a la menor con 3.000 euros por el daño moral causado.