El Servicio Galego de Saúde (Sergas) ha indemnizado a una técnica auxiliar de cuidados de enfermería viguesa con 44.000 euros por un accidente laboral ocurrido en el Complejo Hospitalario de Pontevedra (CHOP), por cuyas secuelas se le ha reconocido una incapacidad permanente total. Además, tras una denuncia en Inspección de Trabajo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha resuelto ha declarado la existencia de responsabilidad por parte de la Administración sanitaria por "falta de medidas de seguridad" y le obliga a que pague un recargo de un 30% en todas las prestaciones que haya percibido y vaya a percibir la trabajadora por este episodio. Así lo ha trasladado su letrado, Cipriano Castreje, que calcula la suma total en unos 94.000 euros.

El suceso aconteció el 28 de abril de 2014, cuando esta viguesa de 52 años y con plaza en el Complejo Hospitalario Universitario de Vigo (Chuvi) trabajaba en comisión de servicios en el Hospital Montecelo. Según la resolución del INSS de Pontevedra, el accidente laboral se produjo durante el transporte de un carro de cajas de material estéril del quirófano del centro. El abogado explica que la actividad de la auxiliar incluía el manejo de estos aparatos con "hasta 18 cajas de material de 8 a 15 kilogramos de peso" cada una. Al llegar a un desnivel en el pasillo de los quirófanos de la segunda planta, se rompió una de las ruedas y los bultos le cayeron encima de la pierna y pie izquierdos. Castreje informa de que, en consecuencia, "sufrió fisura de vértebra y síndrome isquiofemoral".

Denuncian que en el punto en el que se salió la rueda "existe un pequeño escalón de unos 8 centímetros que hay que superar" y "un desnivel con juntas de separación de placas" a lo que atribuye este accidente y que los operarios pierdan habitualmente el control de carros y camillas en este punto. El Sergas alegó que se debió a un "acto inseguro" por la sobrecarga del carro con cajas.

Tras estudiar el caso, el INSS le da la razón a la trabajadora al deducir que "la relación causa-efecto entre las medidas de seguridad y el accidente" y que "la causa determinante" del suceso fue "la oscilación y deslizamiento de los carros de material y camillas en la zona de los pasillos de limpio y sucio de la zona de quirófanos, a la altura del lugar en que se encuentran las juntas de dilatación de los tres edificios del complejo". Cita al Tribunal Supremo para aclarar que "la imprudencia profesional o exceso de confianza en la ejecución del trabajo no tiene, en el supuesto que nos ocupa, entidad suficiente para excluir totalmente o alterar la imputación de la infracción a la empresa, que es la que está obligada a garantizar a los trabajadores una protección eficaz en materia de seguridad e higiene en el trabajo".

Tras no recuperarse de las lesiones, dos años y dos meses después, la Seguridad Social le reconoció a esta trabajadora la Incapacidad Permanente Total Cualificada. Al derivarse de un accidente laboral, por convenio, el Sergas tuvo que indemnizarla con 44.000 euros. La cantidad ya fue satisfecha.

Más tarde, el bufete Castreje Abogados presentó la denuncia ante Inspección de Trabajo que derivó en esta resolución, dictada el 10 de octubre por el director provincial del INSS, Luis Pérez. Declara "la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad y salud" en este accidente laboral. Obliga al Sergas a que se haga cargo de un incremento de un 30% las prestaciones que haya recibido y reciba la trabajadora derivadas de este suceso, que Castreje calcula en 50.000 euros. El Sergas puede interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social.

Por otra parte, la trabajadora ya ha iniciado un proceso judicial para reclamar daños y perjuicios al Sergas y otro por negligencia médica, a la que imputa las secuelas que padece. Denuncia que "a pesar de la gravedad de las lesiones sufridas" no le solicitaron rehabilitación hasta tres meses después.