La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó ayer a una pena de un año de prisión a un constructor de Poio, Roberto C. P., acusado de vender dos veces el mismo piso ubicado también en este mismo municipio. La Audiencia, cuyas magistradas dictaron sentencia "in voce" en la propia sala tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado, procedió a la suspensión de la pena privativa de libertad, medida que está condicionada a que el acusado no vuelva a delinquir y a que haga efectivo el pago de la responsabilidad civil acordada (que es de cien mil euros) en el plazo máximo de cinco años.

Tanto la Fiscalía como la acusación particular y la propia defensa se mostraron de acuerdo con estas condiciones.

Según el relato de hechos que el acusado reconoció como ciertos, los hechos se remontan al año 2006, cuando el Roberto C. P. vendió a una primera persona un piso con plaza de garaje y trastero por la cantidad de 144.242 euros. El comprador le llegó a realizar tres entregas de 6.240 euros, 6.000 euros y 60.000 euros, pero esta persona falleció el 8 de noviembre de 2007, siendo declarados herederos sus padres que también perdieron la vida posteriormente.

Sin haber resuelto la venta, ni restituido las cantidades recibidas a los herederos, el fiscal asegura que el acusado vendió nuevamente el inmueble a una tercera persona, que desconocía la anterior venta.

Rebaja de las penas

Para el fiscal los hechos son constitutivos de un delito de estafa por el que solicitaba inicialmente tres años de prisión. La acusación particular elevaba su petición de condena a cuatro años por estafa y cinco por apropiación indebida. Finalmente, ayer se produjo este acuerdo entre las partes que permitió dar carpetazo a este asunto con esta pena de un año de prisión que será suspendida, dado que el acusado carece de antecedentes, y esta indemnización económica en materia de responsabilidad civil de cien mil euros de la que también es responsable civil subsidiaria la empresa constructora. La sentencia es firme tras anunciar las partes a la Audiencia su intención de no recurrirla.