El presupuesto municipal aprobado en la última sesión plenaria de 2016 está pendiente de la decisión que adopten dos tribunales de Justicia. Tanto el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Pontevedra como el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia deberán dirimir si el procedimiento utilizado por el gobierno para aprobar este documento se ajustó a la legalidad. Ambos tribunales ya han dado traslado al Concello de las demandas formuladas por el PP para que presente las alegaciones oportunas.

En los recursos planteados por el Partido Popular de Pontevedra se solicita, por un lado al TXSG, la anulación de la aprobación inicial de los presupuestos generales del ayuntamiento para 2017 y, finalmente, al Contencioso de Pontevedra se le pide la anulación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento por el que se inadmitían las alegaciones del PP y se aprobaba de manera definitiva el documento. Una aprobación que en aquel último pleno del año pasado se produjo "in extremis" gracias a la abstención de Marea Pontevedra tras aceptar el gobierno las enmiendas realizadas por la agrupación que dirige Luis Rei.

En su demanda ante el TSXG, presentada en nombre de Jacobo Moreira como portavoz del grupo municipal del PP, los populares recuerdan que en la Comisión de Economía y Hacienda del 14 de diciembre pasado se emitió un dictamen favorable a la aprobación de los presupuestos pero con modificaciones sustanciales introducidas a través de una serie de enmiendas presentadas por la oposición, y que obtuvo una mayoría favorable de votos.

El debate y aprobación inicial del presupuesto se fijó para una sesión plenaria que se iba a celebrar el día 19 de diciembre, un pleno en el que el alcalde Miguel Anxo Fernández Lores se acogió al artículo 197 bis de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General para retirar del orden del día el debate y votación de estos presupuestos alterados por la oposición y anunciar la convocatoria de una nueva sesión extraordinaria a celebrar tres días después, el 23 de diciembre. Un pleno en el que, además, se iba a debatir la aprobación del documento presupuestario aprobado por el gobierno local y no el modificado por la oposición, al considerarlo en realidad un documento alternativo "pactado por la oposición con enmiendas cruzadas" y "manifiestamente ilegal". Además, aludía a "flagrantes ilegalidades" en las enmiendas presentadas por los grupos.

Tras la desestimación de todos los recursos interpuestos por el PP y la aprobación final de los presupuestos, el PP decide judicializar este asunto al considerar que existieron "graves irregularidades en el proceso de elaboración y aprobación presupuestaria".

Interpretación de la ley

Los populares insisten en que hubo una aplicación improcedente del artículo 197 bis de la LOREG dado que se trata de un supuesto excepcional al que "solo cabe acudir cuando los presupuestos hayan sido sometidos previamente a debate y votación y resulten rechazados". Un requisito que, según recogen en su demanda, no se da en este caso dado que en aquella primera convocatoria del 19 de diciembre no se llegó a votar ningún documento.

Alude el PP a que tampoco existía una situación de "bloqueo" que impidiese la aprobación de unos presupuestos y que justificase el uso de este artículo. Más al contrario, lo que existía -dicen- era un presupuesto dictaminado de forma favorable por la Comisión de Economía y Hacienda pactada por la mayoría de los grupos tras ser enmendado. Con la retirada de este presupuesto del orden día y la nueva convocatoria para debatir el documento aprobado por el gobierno local, el PP considera que el alcalde vació "de contenido la voluntad popular expresada a través de las diferentes enmiendas a los presupuestos presentados por los diferentes grupos políticos municipales" y pide la anulación de los mismos.