Faltaban unos minutos para las dos de la tarde de ayer, cuando la magistrada presidenta de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Nélida Cid, condenaba a David Oubel Renedo, de 42 años, a una pena de prisión permanente revisable como autor de los dos asesinatos con alevosía de sus propias hijas, Amaya y Candela Oubel Viéitez, en su casa de Moraña el 31 de julio de 2015. Una condena hasta ahora inédita en España desde que se introdujo esta nueva figura en el Código Penal apenas unas semanas antes de que se produjese el horrible crimen de Moraña, el 1 de julio de ese mismo año.

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Esta primera condena llegó además a través de una sentencia dictada "in voce" por la magistrada en la propia sala de vistas, en presencia del acusado y después de que tanto David Oubel, como las acusaciones y las defensas y la propia presidenta del tribunal escuchasen como el jurado no tenía ninguna duda y declaraba al parricida de Moraña culpable de los dos asesinatos alevosos de sus hijas de 4 y 9 años de edad. Un veredicto que los nueve miembros del jurado adoptaron por unanimidad tras apenas dos horas de deliberación (un tiempo récord en la Audiencia de Pontevedra) y en el que calificaron como hechos probados que Oubel mató "intencionadamente" a sus dos hijas.

Consideran, además, que aprovechó la total "indefensión" de las niñas, a las que había suministrado un cóctel de fármacos para evitar cualquier tipo de resistencia, para cortarles el cuello utilizando una sierra radial para cortar piedra y un cuchillo de cocina.

Añaden un inciso en el caso del asesinato de la niña mayor, Candela, de la que señalan que la mezcla de medicamentos suministrada por el acusado no causó el efecto deseado en la niña y que no se hallaba inconsciente, por lo que su padre la ató con cinta americana para así evitar cualquier tipo de resistencia. Los forenses constataron que esta menor intentó oponer resistencia ante el ataque de su padre y presentaba "múltiples acometidas" con hasta diez heridas diferentes.

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Confirmada por el jurado la alevosía con la que actuó el acusado contra sus dos hijas, así como que ambas estaban pasando unos días con su padre en cumplimiento de los acuerdos establecidos en el divorcio con su exmujer (que era quien tenía la custodia de las dos menores); el fiscal y la acusación particular -que ejerce la madre de las pequeñas- confirmaron ante el tribunal su petición de prisión permanente revisable, que es la prevista en el Código Penal para el asesinato con alevosía de un menor de 16 años. La propia defensa, en la línea de lo que ya había manifestado el pasado miércoles, mostró también su conformidad con las penas solicitadas por las acusaciones, así como con las indemnizaciones que reclamaban en materia de responsabilidad civil, por lo que la magistrada procedió a dictar de viva voz la sentencia que convertía a David Oubel en el primer español condenado a prisión permanente revisable.

Oubel es condenado "como autor criminalmente responsable de dos delitos de asesinato cualificados con alevosía y agravados por el hecho de que las víctimas eran menores de 16 años, concurriendo el agravante de parentesco".

Indemnización y alejamiento

Además de la prisión permanente revisable, el tribunal impone al parricida de Moraña una orden de alejamiento y comunicación con la madre de las niñas por espacio de 30 años en el caso de que éste abandonase en algún momento la prisión y también una indemnización en materia de responsabilidad civil de 300.000 euros, que era la cantidad que reclamaba la acusación particular y que la propia defensa del acusado asumió durante la celebración del juicio.

Dictada la sentencia con la conformidad de las partes, esta adquirió además firmeza tras confirmar la defensa de Oubel que no piensa presentar recurso contra ella.

El acusado no solo había reconocido los hechos que le imputaba la Fiscalía durante su declaración en la primera jornada del juicio que se celebró estos días en la Audiencia Provincial. Su abogado ya había aceptado en la jornada del pasado miércoles al pie de la letra las conclusiones de las dos acusaciones, la pública y la particular, así como la pena de prisión permanente que solicitaban. Esto facilitó las cosas a la hora de elaborar un escueto objeto de veredicto al que debería dar ayer respuesta el jurado.

En concreto, el tribunal popular tuvo que deliberar únicamente sobre cinco preguntas repartidas principalmente en dos bloques que se referían a cada una de las niñas fallecidas. Se les preguntaba a los jurados si consideraban probado que David Oubel había dado muerte a sus hijas y en segundo lugar si consideraban que lo había hecho de forma alevosa y sin que tuvieran capacidad de respuesta. Una quinta pregunta se refería únicamente a la relación paternofilial del agresor y las víctimas y a si las niñas se encontraban con el padre dentro del régimen de visitas establecido con la madre de las pequeñas tras el divorcio de ambos progenitores.

De hecho, no se llegó a incluir ningún tipo de pregunta respecto al estado mental de Oubel, dado que él mismo y los informes forenses establecían que el acusado no padecía ningún tipo de trastorno.