La nueva ordenanza de ruidos ha quedado aprobada definitivamente tras superar el periodo de exposición pública sin que recibiese alegación alguna. El gobierno local quiere acabar así con uno de los principales problemas a los que cada verano se enfrenta Sanxenxo, el ruido acústico y especialmente el que se produce en los pisos de alquiler. Ahora se incluye la responsabilidad subsidiaria de los propietarios de los inmuebles por los ruidos causados por sus inquilinos

El texto definitivo ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el 9 de marzo y entrará en vigor el día 30 del presente mes.

La Corporación municipal aprobó en la sesión plenaria de noviembre la nueva ordenanza, modificada por el gobierno local para adaptarla a la Disposición Derogatoria única de la Ley 12/2011 de Medidas Fiscales y Administrativas, que establecía además un plazo de un año para que la Xunta aprobase un decreto en el que se incorporase al derecho autonómico la normativa europea y estatal básica en material de contaminación acústica.

Este decreto, el 106/2015, sobre Contaminación Acústica en Galicia llegó en julio de 2015 y en su artículo 9 establecía la obligación de los municipios gallegos de adaptar sus ordenanzas municipales a dicha regulación.

De los primeros municipios

La modificación de la ordenanza municipal obedeció, por tanto, a la necesidad de adaptarla a los cambios legislativos y al nuevo decreto de la Xunta de Galicia, y su aprobación definitiva convierte a Sanxenxo en uno de los primeros municipios gallegos en cumplir este precepto.

Responsabiliad subsidiaria

La nueva redacción de la ordenanza da solución a un problema local: el derivado de los ruidos en los pisos de alquiler, al incluir la responsabilidad subsidiaria de los propietarios de los inmuebles por los ruidos causados por sus inquilinos.

La ordenanza mantiene aspectos como la obligatoriedad de disponer de dobles puertas para los establecimientos de hostelería o la prohibición de hacer ruido en las terrazas del casco urbano para toda la población.

En cuanto al régimen sancionador, la ordenanza recoge el de la Ley Estatal de Ruidos, la Ley 37/2003, al no contemplar el Decreto de la Xunta ningún régimen diferente a éste.