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El TSXG confirma una condena al Concello de Portas por no prevenir una grave agresión a una empleada

El alto tribunal concluye que hubo "incumplimientos relevantes" en materia de "prevención de riesgos" respecto a esta trabajadora

Casa Consistorial de Portas. // Gustavo Santos

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de confirmar una sentencia dictada en su día por un juzgado de lo Social de Pontevedra en la que se condenaba al Concello de Portas y a la Seguridad Social a abonar un recargo del 50% en las prestaciones que percibe una trabajadora municipal por no tomar el ayuntamiento las medidas preventivas adecuadas para proteger a una trabajadora social que finalmente sufrió una grave agresión por parte de un vecino.

Los hechos se remontan a julio de 2012, cuando un residente de este municipio golpeó a esta trabajadora social con una barra de hierro en el aparcamiento anexo al Concello. Una agresión que le provocó graves heridas y que le dejó unas importantes secuelas físicas y psicológicas de tal forma que le fue concedida una incapacidad permanente.

El juzgado de lo Social indicaba que la causa de la agresión a esta mujer, defendida por el letrado Celestino Barros, estaba directamente relacionada con la labor profesional que desempeñaba en el ayuntamiento y, de forma concreta, por el mayor seguimiento, rigor y control que tenía con el cumplimiento de sus deberes por parte de las personas perceptoras de la renta de inserción de la Xunta, la Risga. Esto habíaprovocado que esta persona fuese objeto de ataques, control o seguimiento por parte de algunos perceptores de estas rentas o sus familiares. De hecho, se realizaron pintadas en el entorno del Concello y se le llegaron a pinchar las ruedas, llegando también a tener enfrentamientos verbales con estas personas en el propio despacho en el ayuntamiento. Unos hechos que se produjeron cuando todavía ostentaba la Alcaldía el anterior regidor de Portas, Roberto Vázquez.

Tanto la Seguridad Social como el Concello recurrieron el fallo, pero el TSXG acaba de volver a dar la razón a la demandante y señala que hubo "incumplimientos relevantes -por no decir obligaciones básicas- en materia de prevención de riesgos" con respecto a esta trabajadora.

"Era conocido por el ayuntamiento demandado el descontento de los usuarios del servicio y la situación de conflicto entre la trabajadora posteriormente agredida y los usuarios -como denotan los gritos y discusiones en los que tuvo que intervenir el alcalde, las pintadas alusivas a la misma en el ayuntamiento, los ataques previos a bienes de su propiedad (pinchazos)- extremos que hacían probable el riesgo de agresión", señala el TSXG.

Un fallo en el que, además, el Alto Tribunal gallego impone las costas del proceso al concello de Portas.

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