"No las vi porque iba cegado por el sol". Esta fue la explicación que ofreció esta mañana un vilagarciano del barrio de A Torre, Juan P. R., acusado de intentar matar a dos vecinas suyas (con una de ellas, ambas son hermanas, tenía una muy mala relación) atropellándolas con su coche contra un muro.

Sin embargo, tanto las declaraciones de los testigos como de los propios peritos desmontan esta versión. Los investigadores visitaron el lugar y realizaron cálculos para determinar que en el vial en el que se produjo el atropellado, orientado de norte a sur, el sol está tapado en el lugar del atropello por unas casas y que, si bien sí podía incidir en el conductor en un tramo anterior, este le daría "pode la nuca o la oreja" y nunca frontal o lateralmente. "La posibilidad de deslumbramiento es nula", afirmaron. Tan solo un perito propuesto por la defensa señaló que sí podría molestarle el sol en un tramo anterior al lugar del atropello, pero nunca en el punto exacto del arrollamiento, allí también concuerda en que no es posible el deslumbramiento.

Juan P. R. también justificó el hecho de que abandonase el lugar sin prestar auxilio a las dos mujeres en dirección a su casa en que "no tenía teléfono" y que acudió a su vivienda para que pedirle a alguien que llamase a la Policía.

La versión de una de las dos víctimas fue clara. Una de las dos hermanas aseguró que observó perfectamente como el acusado aceleraba y cambiaba de dirección para arrollarlas contra el muro. Dice que le vio la cara y que "se estaba riendo".

Para los peritos de Tráfico también creen que se produjo un acelerón y un cambio de dirección del vehículo para arrollar a las dos mujeres que se hace "voluntariamente" y que además "no se aprecia maniobra de frenado".

El fiscal solicitó una rebaja de la condena que reclamaba inicialmente para el acusado. Pasó de pedir 18 años de prisión por dos delitos de homicidio en grado de tentativa (9 años por cada delito) a pedir una pena de 10 años de prisión (cinco por cada delito). Entiende que cabe un atenuante tras comprobar que el acusado padece un trastorno mixto de la personalidad que, entre otras cuestiones, provoca que responda de forma "impulsiva" a ciertos actos. Un trastorno que afecta "ligeramente" a su capacidad volitiva a la hora de contener estos impulsos. Con todo, insisten los especialistas del Imelga en que esto no le impide "saber lo que hace" y comprender las consecuencias de sus actos.