La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de confirmar la sentencia emitida en su día por el juzgado de lo Penal número 1 de la capital en la que se concluye que el accidente mortal durante el montaje de una carpa para el Samaín en Marín ocurrido en octubre de 2010 se produjo a causa de una negligencia.

Aquel fallo condenaba al responsable de la empresa instaladora de la carpa a una pena de un año y medio de prisión por homicidio imprudente y se decretaba su inhabilitación para el ejercicio de esta actividad de instalación de palcos, toldos o carpas por tiempo de dos años. Además, también se le condenaba, en materia de responsabilidad civil, a abonar una serie de indemnizaciones con la responsabilidad civil directa y solidaria de la Compañía Mapfre y la subsidiaria del Concello de Marín y de la empresa instaladora del palco.

Y es que el fallo también señala que el propio concello de Marín, "promotor y organizador de aquel evento cultural para el que se estaba montando la carpa siniestrada, no efectuó control alguno para verificar que las condiciones meteorológicas, de ubicación e instalación de la carpa, fueran seguras y no comportaran riesgo para la integridad de las personas o de las cosas".

El siniestro se produjo el 30 de octubre de 2010. La carpa se estaba montando en el parque de Cantodarea para celebrar la fiesta del Samaín y el fuerte viento levantó la carpa enganchando una de las columnas metálicas de su armazón a una mujer, trabajadora de una empresa de animación, elevándola seis metros y desplazándola otros diez hasta golpearla contra una red de una cancha de baloncesto, cayendo al suelo. Como consecuencia de estos "severos impactos" esta mujer, María del Mar A. S., una viguesa de 39 años de edad, falleció horas más tarde en el hospital.

El fallo señalaba que el gerente de la empresa de palcos era el encargado y responsable de dirigir los trabajos de instalación y montaje de la carpa que provocó el accidente y concluye que "faltó al más elemental deber de cuidado y actuó con grave negligencia, pues no estaba presente en el lugar a fin de llevar a cabo de modo adecuado dicha labor de dirección, dejando que la instalación de la carpa fuera llevada a cabo por operarios sin formación específica para ello, permitiendo que el montaje se hiciera de forma defectuosa y con grave riesgo para las personas, pues no contaba con las medidas de seguridad imprescindibles y, a pesar de esto, no controlando el acceso de personas ajenas a la instalación durante su montaje, ocasionando con su temeraria omisión el accidente que causó el fallecimiento" a esta mujer.

Sentencia que es ya firme

De todos los encausados en este procedimiento, únicamente la compañía aseguradora fue la que se mostró disconforme con el fallo y las indemnizaciones establecidas en cerca de 141.000 euros, por lo que decidió recurrir la decisión del juzgado de lo Penal ante la Audiencia Provincial, que ahora ratifica la sentencia emitida en su día en una decisión contra la que ya no cabe recurso alguno.