El fiscal del caso judicial entre M.F.Q. y M.M.T. solicita para cada uno dos años y medio de cárcel debido a una agresión mutua producida el 29 de junio de 2015. La vista en el Juzgado de lo Penal está prevista para la próxima semana.

Ambas personas no tienen antecedentes penales y mantenían malas relaciones desde hacía tiempo, motivadas por la creación de un camino. La reyerta comenzó tras una discusion acalorada, cuando ambos se agredieron mutuamente. M.F.Q. utilizó supuestamente una navaja para dañar a M.M.T. y este habría empleado un palo.

Tras la disputa, M.M.T. resultó con una herida en el tercio superior del antebrazo izquierdo y otra en el derecho, para la que necesitó sutura médica y 15 días de curación, de los cuales dos le impidieron realizar su práctica profesional. Mientras, M.F. acabó con un traumatismo craneal con herida inciso contusa en la región temporal derecha, un hematoma en la parte izquierda del cuello, un traumatismo en el oídos, dos erosiones en el hombro y la clavícula y erosiones en las piernas. Una herida en el cuero cabelludo precisó de grapas y tardó diez días en curar, uno de los cuales fue impeditivo.

En concepto de responsabilidad civil el fiscal pide inicialmente que M.M. indemnice a M.F. en concepto de 288 euros por los nueve días de curación no impeditivos, 59 euros por un día de curación impeditivo, 599 euros por secuela leve, 530 por el coste de unas gafas progresivas y 37 euros por el precio de reposición de la pantalla de teléfono móvil.

Mientras, a M.F. se le exige una indemnización de 416 euros por los 13 días de curación no impeditivos, 118 euros por los dos días de curación impeditivos y 1.198 euros por la secuela moderada. De este modo, las cantidades que tengan que entregarse mutuamente como indemnización quedarán compensadas en la parte que corresponda.

Además, el fiscal considera que cada uno de ellos debe indemnizar al Sergas en la cantidad que se acredite en el juicio o en la ejecución de la sentencia por los gastos generados en la asistencia médica que le fue prestada al otro lesionado como consecuencia de la agresión mutua.