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Nuevas herramientas contra los delitos más graves

La Fiscalía de Pontevedra pide reformas para blindar nuevas técnicas de investigación como la instalación de micros o las balizas GPS

Fardos de droga intervenidos en una operación antidroga en la provincia de Pontevedra. // Marta G. Brea

La entrada en vigor en diciembre del pasado año de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal supuso la adaptación de un marco legal que hundía sus raíces en el siglo XIX a las necesidades actuales de la Justicia. También permite dotar de un marco legal mucho más estable y seguro a la utilización de una serie de técnicas de investigación que ahora son posibles gracias a las nuevas tecnologías pero que estaban en cierto modo en el limbo debido a un texto legal caduco. Unas técnicas que son reguladas, sobre todo, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos fundamentales de las personas al tratarse de métodos, en muchos casos, invasivos de la intimidad.

La Fiscalía Provincial de Pontevedra, a través del fiscal antidroga Luis Uriarte, incluyó en su última memoria una propuesta de reforma legislativa de esta Ley de Enjuiciamiento Criminal que tiene como objetivo, precisamente, apuntalar el uso de estas nuevas herramientas de investigación desde el punto de vista legal y de los derechos de los ciudadanos. Por ejemplo, el fiscal se refiere fundamentalmente a dos nuevas técnicas de investigación que recoge expresamente la nueva reforma legal como son la captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos (es decir, la instalación de pequeños micrófonos o incluso cámaras) así como la utilización de artilugios de seguimiento y localización (es decir, balizas GPS y similares).

Tras la puesta en marcha de la nueva ley, que regula el uso de este tipo de dispositivos, Uriarte señala que en la Fiscalía de Pontevedra se han detectado dos "importantes carencias". La primera, referida a la captación de comunicaciones orales, se refiere inicialmente a la necesidad de que el legislador concrete un plazo máximo de duración de una medida que puede resultar tan efectiva en la lucha contra las formas más graves de delincuencia, pero que también supone una grave invasión de la intimidad (la colocación de micrófonos o cámaras en determinados espacios puede afectar al investigado pero también a terceras personas).

El fiscal reconoce que esta propuesta está "íntimamente ligada a la interpretación que se haga del alcance de esta nueva medida de investigación tecnológica". Actualmente, señala que la ley da lugar a dos lecturas. La primera, que es la que parece pretender el legislador, que indica la sonorización de ambientes para aquellas entrevistas concretas que pudieran tener los investigados, lo que justificaría que no se estableciese plazo máximo de duración de la medida, dado que una vez celebrada se tendría por finalizada la medida.

La segunda interpretación daría pie a que se pudieran sonorizar ambientes para los diversos encuentros que "con un alto grado de previsibilidad", vayan a tener los investigados en un lugar determinado. El fiscal pone como ejemplo el vehículo que pudieran utilizar habitualmente los sospechosos. Es en este caso en el que sí se echa en falta un límite máximo de duración de la medida. Desde la Fiscalía de Pontevedra no solo se solicita que se imponga este límite máximo, sino que se aclare el alcance de la medida frente a estas dos posibles interpretaciones. Y es que considera que la primera de las opciones, la sonorización de una entrevista concreta, "llevaría a la práctica inutilidad de la medida de investigación, ya que la experiencia práctica ha puesto de relieve que resulta difícil, si no imposible, la previsión de una entrevista concreta con la suficiente antelación para la instalación subrepticia de los dispositivos de grabación".

El fiscal, con experiencia en múltiples operaciones antidroga, defiende que la segunda posibilidad, como la posible instalación de micros en los coches de los acusados, "arroja resultados tremendamente fructíferos en las investigaciones". Por este motivo, aboga por esta segunda opción "si se quiere explotar al máximo" esta herramienta de investigación.

La segunda parte de la propuesta que defiende la Fiscalía de Pontevedra se refiere al apartado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que regula el uso de dispositivos o medios técnicos de seguimiento y localización. Una vez que el uso de elementos como balizas GPS aparece claramente regulado por ley, la Fiscalía solicita la posibilidad de que sea el propio fiscal y no solo el juez quien autorice el uso de estos aparatos en una investigación. Y es que señala Uriarte en su propuesta que la tendencia actual del sistema procesal hacia uno en el que sea el Ministerio Público el que instruya las investigaciones, por lo que la medida estaría en consonancia con ello.

Seguimiento de envíos

Es habitual que en las fases iniciales de las investigaciones, aquellas en las que se trata de recabar indicios objetivos suficientes para fundamentar medidas más restrictivas de los derechos fundamentales como escuchas telefónicas, sea necesario someter a los investigados a seguimientos policiales que requieren de un gran volumen de medios humanos a veces casi de forma inabarcable. El fiscal sostiene que el uso de estos dispositivos bajo el control del Ministerio Público, en aquellos casos en los que se investiguen casos de criminalidad organizada y profesionalizada, resulta casi imprescindible. Además, sería mucho más sencillo a la hora de reclamar a terceros países comisiones rogatorias pasivas que permitieran hacer seguimiento desde su origen a su destino, por ejemplo, a un contenedor sospechoso de contener droga en una medida que para nada resulta invasiva en la intimidad de nadie.

La ley ya prevé que estas medidas se utilicen solo en aquellos delitos más graves.

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