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La defensa de una de las condenadas por el crimen de Chancelas pide la repetición del juicio

El abogado de Rocío Gondar insiste en que debe practicarse un examen psiquiátrico a su cliente que califica como una prueba "crucial" para determinar su imputabilidad

Las acusadas, Rocío Gondar (i) y Albertina Táboas (d). // Gustavo Santos

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acogerá el próximo martes la vista de apelación por el conocido como crimen de Chancelas. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó el pasado mes de abril a las dos acusadas del asesinato del octogenario de Poio, Secundino Prego Amil, a penas de 22 años de cárcel en el caso de Albertina Táboas, y de 20 años y seis meses a Rocío Gondar, ambas empleadas del jubilado y que, según el fallo judicial, acabaron con la vida de éste a golpes en la noche del 2 de febrero de 2014.

Las defensas de las acusadas presentaron recurso de apelación contra esta sentencia y el martes los abogados presentarán sus alegaciones ante los magistrados del Tribunal Superior. En el caso de la condenada Rocío Gondar, el letrado de la defensa, Juan Carlos Janeiro, volverá a hacer hincapié, como ya hizo durante el juicio en la Audiencia, en la ausencia de una prueba que él considera fundamental para determinar la imputabilidad de su defendida en base a las patologías psiquiátricas que padecería esta mujer.

A pesar de que el jurado concluyó que Rocío Gondar no sufría ningún tipo de trastorno que pudiera afectar a su voluntad (en base a un informe del Imelga), el letrado insiste en que la prueba realizada por el Instituto de Medicina Legal es insuficiente para determinar el grado de imputabilidad de la acusada, que fue la única que confesó los hechos ante el tribunal popular y la Guardia Civil.

El abogado Juan Carlos Janeiro defenderá ante los magistrados del TSXG que en fase de instrucción solicitó ya la realización de un examen psiquiátrico en profundidad de su defendida, prueba rechazada por el juzgado, una decisión que confirmó la Audiencia al considerar que no era el momento oportuno y sin perjuicio de que pudiera ser practicada más adelante. Finalizada la instrucción, la defensa volvió a solicitar un examen de Rocío, en esta ocasión después de acceder además a un informe del psiquiatra de la prisión en el que detalla que Rocío, según indica el letrado, sí padece un trastorno límite de la personalidad y otro histriónico de la personalidad. La prueba, sin embargo, se volvió a rechazar y se pidió un informe ampliatorio al que ya obraba en autos por parte del Imelga. Como ya hizo en el juicio, el letrado subraya que "sorprendentemente" este informe ampliatorio se realizó por parte de los expertos del Imelga sin que se realizase una nueva entrevista con la presencia física de la acusada, un hecho que para el letrado es más que suficiente para cuestionar "la validez" de dicha prueba. La defensa de Rocío Gondar considera que, teniendo en cuenta además que la acusada se está jugando una pena tan elevada de prisión, era pertinente la realización de este examen con una entrevista personal a Rocío.

Así las cosas, el letrado planteará en la vista de apelación que, ante la falta de esta prueba que considera crucial para la defensa de Rocío Gondar, se anule la sentencia de la Audiencia de Pontevedra y el TSXG ordene retrotraer las actuaciones hasta el mismo momento en el que se debió practicar este examen psiquiátrico a su defendida, para después repetir el juicio de nuevo en la Audiencia Provincial.

Para el letrado, se trata de pedir "un procedimiento con todas las garantías" para su cliente ante una acusación tan elevada y en caso de que no se acepte esta petición solicita que, por lo menos, se contradigan estos informes emitidos por los servicios psiquiátricos penitenciarios en los que se señala que los trastornos que sufriría Rocío Gondar la convierten en una persona "altamente seducible y manipulable".

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