Otro de los artículos de la nueva ley permitía a los agentes imponer sanciones de carácter leve por la ocupación de cualquier inmueble, vivienda o edificio ajenos, o la permanencia en ellos, registrándose un total de 9 multas por este tipo de hechos, el mayor número de las que se registraron en toda Galicia.

También se impuso una sanción por comportamientos como el escalo de inmuebles o monumentos y una única multa por utilizar flashes de luz para intentar obstaculizar la labor de las fuerzas de seguridad. Además, se impuso una sanción grave por la contratación de servicios sexuales en la vía pública y 39 por vandalismo y daños a mobiliario público y bienes privados en la vía pública.