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La "ley mordaza" deja 1.600 multas en medio año en Pontevedra, la mayoría por consumo de drogas

El número de sanciones es menor que con el antiguo texto legal -La segunda causa más frecuente de infracción impuesta por Policía y Guardia Civil son "faltas de respeto y consideración" a los propios agentes, casi dos al día

La Policía Nacional identifica a un hombre durante el botellón de las Peñas de la última Peregrina. // G.S.

Entró en vigor el 1 de julio de 2015 en medio de una fuerte polémica al llegar a ser calificada como una ley redactada exclusivamente para frenar movimientos como los del 15-M. La Ley de Seguridad Ciudadana 4/2015, más conocida como "ley mordaza", dejó en sus seis primeros meses de aplicación un total de 1.640 sanciones en la provincia de Pontevedra, según los datos del Ministerio del Interior. La mayoría de las infracciones son, como ya ocurría con la anterior legislación, por el consumo de drogas en la calle, un total de 722 denuncias, con la diferencia que la nueva ley establece para estas conductas sanciones que van desde los 601 euros a los 30.000 euros. En este caso, se puede realizar una comparación entre los primeros seis meses del año con la anterior normativa, periodo en el que se impusieron muchas más sanciones por el consumo de drogas en la vía pública 3.705, si bien es cierto que muchas pueden corresponder a expedientes iniciados en el pasado ejercicio. La nueva ley también prevé en su articulado diversas sanciones vinculadas a la posesión o consumo de drogas como son facilitar el traslado de una tercera persona para que compre o consuma estupefacientes, imponiéndose ocho multas en la provincia por este extremo; y también penaliza la permisividad para la venta o consumo en locales (con otras dos sanciones).

El segundo bloque más numeroso de denuncias entra en uno de los aspectos más controvertidos de la nueva ley, y que afecta a la relación entre los ciudadanos y los miembros de las fuerzas de seguridad, uno de los aspectos más controvertidos de la normativa. La "Ley Mordaza" no supuso un incremento de las identificaciones policiales a ciudadanos en la calle (hubo cuatro mil más en el primer semestre que mientras estuvo en vigor la anterior normativa, cuando se produjeron algo más de 35.000), aunque sí situó como segunda causa más frecuente de sanción por parte de la Policía y de la Guardia Civil las "faltas de respeto o consideración" a los agentes, infracción que se recoge en el artículo 37.4 del texto legal. Al contrario de lo que ocurre con las drogas, que se tacha de falta grave, este comportamiento es una falta leve y por lo tanto penado con una sanción económica que se sitúa entre 100 y 600 euros. Entre julio y diciembre del pasado año, las Fuerzas de Seguridad multaron en Pontevedra 323 personas por faltas de consideración a los agentes. Otro gran bloque de multas tuvo que ver con otro aspecto que fue en cierto modo controvertido de la ley, como es la negativa a identificarse a requerimiento de los agentes, proporcionar datos falsos de filiación o protagonizar actos de desobediencia o resistencia a la autoridad que no estén catalogados como delitos. En este caso se impusieron 248 sanciones, calificadas como graves, por lo tanto pueden ser también castigadas con hasta 30.000 euros y con un mínimo de 600 euros.

El último gran grupo de sanciones tienen que ver con la tenencia o fabricación de elementos catalogados como armas o explosivos, en el caso de que no sea delito, por el que se impusieron un total de 171 sanciones en la provincia en los primeros seis meses de vida de la ley.

Desahucios

Dentro de las faltas graves, cabe destacar que otro de los puntos más polémicos hacía incidencia en el artículo 36.4 en el que se considera falta grave impedir a cualquier funcionario, autoridad o corporación oficial el cumplimiento de acuerdos o resoluciones administrativas y judiciales. Hay quien veía en este punto un artículo para sancionar a los movimientos antidesahucios y eliminar las protestas que impedían algunos desalojos. En Pontevedra no se impuso ninguna sanción por este concepto en 2015. Sí hubo, por ejemplo once multas por perturbar la seguridad ciudadana en actos públicos o religiosos y otras 45 por causar desórdenes en vías, espacios o establecimientos públicos u obstaculizar la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos.

En la provincia de Pontevedra tampoco se impusieron sanciones por el uso no autorizado de imágenes o datos personales de miembros de las Fuerzas de Seguridad, artículo que también generó alguna controversia. Sí hubo dos en Ourense, las únicas en Galicia.

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