La empresa Telefónica Móviles no tiene derecho a ser eximida del pago de 205.000 euros por una tasa municipal pese a que la ordenanza que estableció ese abono quedó derogada hace tiempo. Así se establece en una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que desestima un recurso de la compañía contra un fallo anterior en primera instancia que también daba la razón al Concello.

Aquella tasa, correspondiente a la liquidación de los años 2008 y 2009, correspondía a una ordenanza sobre el uso del espacio radioeléctrico que elaboró en su día el Concello pero que fue derogada después al no ser aceptada por la Unión Europea. A partir de entonces no está en vigor, pero Telefónica no recurrió por la vía administrativa aquellos recibos, como sí hicieron otras operadoras de telefonía móvil y el TSXG señala que su recurso es ahora fuera de lugar.

La sentencia fue analizada en la junta de gobierno de ayer, junto con otra que en este caso obliga al Concello a aceptar la petición de un empresario para resolver la situación urbanística de su nava de aluminios en Campañó. El Concello rechazó en su día esa petición alegando que la nave estaba "sin acabar" por estar con bloques a la vista, pero el juzgado estima que esa es una discusión estética que no afecta al funcionamiento de la empresa, por lo que obliga al Concello a admitir la petición.