Una empresaria pontevedresa, Diana Patricia R.R., reconoció ayer ante las magistradas de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra que entre los años 2011 y 2013 se apropió de parte del importe de las primas de las pólizas de seguro de numerosos clientes de su empresa, radicada en la ciudad del Lérez, en lugar de liquidarlas a la correspondiente aseguradora.Por estos hechos asumió una pena de un año de prisión, así como una multa de seis meses a razón de dos euros al día.

La acusada no cumplirá la pena de prisión dado que el tribunal accedió a suspender la misma a condición de que haga frente a la responsabilidad civil que le fue impuesta, de 67.000 euros que deberá devolver a la empresa Generali Seguros. Esta fue la cantidad de las primas pagadas por sus clientes que nunca llegó a entregar a la compañía aseguradora. También deberá hacer frente a los intereses generados por esta cantidad.

La mujer se sentó en el banquillo de los acusados de la Sección Cuarta de la Audiencia y reconoció ser autora de un delito de apropiación indebida. La confesión le permitió alcanzar este acuerdo con la Fiscalía que rebajó así su petición inicial de tres años y medio de cárcel.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía, la mujer era consciente de que estaba incumpliendo su deber con la compañía de seguros Generali, a la que en junio del año 2012 le había retenido 65.000 euros.

Cuando su comportamiento salió a la luz, firmó con la aseguradora una escritura pública de reconocimiento de deuda, aunque solo llegó a reitegrar a la compañía 7.618,47 euros y, además, entre julio de 2012 y abril de 2013, siguió cobrando nuevas primas a los asegurados que posteriormente tampoco liquidó a Generali, quedándose esta vez con 23.176,67 euros.

Además, el acuerdo cerrado entre las partes incluye a una tercera persona como responsable civil subsidiario en el caso de que la mujer no acabe satisfaciendo las cantidades adeudadas. La Audiencia estableció un calendario de pagos de 500 euros mensuales hasta satisfacer la cantidad que no entregó a Generali.

Sentencia firme

Ante el acuerdo de las partes, la presidenta de la Sección Cuarta de la Audiencia dictó sentencia condenatoria en sala en los términos descritos, una sentencia que es firme y contra la que no se puede presentar recurso alguno.