El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación contra la sentencia de 2015 del Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anuló el plan parcial de Monte Faro, donde estaba prevista la construcción de 1.300 viviendas. El alto tribunal rechaza así el recurso interpuesto por el Concello en el anterior mandato y confirma las tesis del Colectivo Ecoloxista do Salnés (CES), que desde el primer momento se opuso a esta iniciativa urbanística, cuyo plan parcial fue aprobado por el pleno de Sanxenxo el 28 de julio de 2009. La sentencia del Supremo desoye los argumentos municipales relativos a la tramitación ambiental del proyecto e impone las costas del recurso al Concello.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia resolvía en febrero de 2015 que el plan parcial no daba cumplimiento a las determinaciones vinculantes de la memoria ambiental en lo que se refiere a las medidas de integración en el paisaje. Ahora, el Supremo sostiene en su fallo que "no es aceptable" que el Concello califique sus propias soluciones ambientales, movidas por "el deseo de mantener a todo trance" el plan parcial, como mejores que las ofrecidas en la memoria ambiental. Adicionalmente, incide en que la motivación suplementaria aportada por el consistorio para superar los reparos consiste en "negar el efecto adverso sobre el paisaje" advertido en la memoria ambiental.