El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación contra la sentencia del Superior de Justicia que anuló el plan parcial de Monte FaroMonte Faro, en Sanxenxo, donde estaba prevista la construcción de 1.300 viviendas.

Este plan parcial, aprobado por el pleno de Sanxenxo el 28 de julio de 2009, que fue llevado a los tribunales por el Colectivo Ecologista del Salnés.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia resolvió que el plan parcial no da cumplimiento a las determinaciones vinculantes de la memoria ambiental en lo que se refiere a las medidas de integración en el paisaje.

El Supremo sostiene en su fallo que "no es aceptable" que el Ayuntamiento, al que impone las costas procesales, califique sus propias soluciones ambientales, movidas por "el deseo de mantener a todo trance" el plan parcial, como mejores que las ofrecidas en la memoria ambiental.

Adicionalmente, incide en que la motivación suplementaria aportada por el consistorio para superar los reparos consiste en "negar el efecto adverso sobre el paisaje" advertido en la memoria ambiental.