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La reforma procesal penal provoca una caída del 38% de los asuntos que llegan al juzgado

La causa es que los atestados policiales sobre delitos sin autor conocido no se remiten ahora a los tribunales -La litigiosidad baja también en el resto de jurisdicciones

Edificio judicial de A Parda en Pontevedra. // Gutavo Santos

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que entró en vigor el pasado 6 de diciembre se marcaba como uno de sus objetivos agilizar la tramitación de los asuntos penales. Se marcaron los polémicos plazos para la instrucción de estas causas (seis como máximo prorrogables si la investigación así lo requería) o se introducía también como una de las medidas más novedosas que los atestados policiales no se remitan al juzgado en el caso de que no exista autor conocido del delito denunciado. Para el Poder Judicial y el TSXG esta reforma del artículo 284.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es la principal causa de que en el primer trimestre del año (el primero en el que se puede evaluar el impacto de la reforma) hayan caído de forma notable el número de asuntos que ingresan los juzgados de instrucción.

Este descenso de un 36,2% en el conjunto de Galicia es todavía mayor en el partido judicial de Pontevedra, en donde los tres juzgados de instrucción dejaron de recibir un 38,3% de asuntos. Sin embargo, la caída es mayor en el conjunto del Estado y se sitúa en un 42,7%. En total, los juzgados de lo Penal ingresaron algo más de dos mil asuntos en los primeros tres meses del año, lo que supone una media de 679 por órgano judicial. Otra de las consecuencias de la reforma procesal penal es que este tipo de asuntos eran rápidamente archivados por los juzgados (al carecer de autor conocido) por lo que también desciende de forma notable el número de casos resueltos por estas tres salas. En concreto un 36%.

Con todo, es reseñable indicar que los juzgados de instrucción pontevedreses siguen resolviendo una media de 694 casos por juzgado y trimestre, es decir todavía por encima del volumen de asuntos que admiten a trámite en el mismo periodo de tal forma que se pueden mantener los niveles de casos pendientes y no aumentar la tasa de congestión de forma significativa.

El resto de jurisdicciones también sufren un descenso del número de asuntos ingresados aunque en este caso ya no se ven afectadas por la citada reforma legal. Los descensos son mucho menores que en el ámbito penal, así en materia civil los cinco juzgados de primera instancia de la capital vieron como se reducía un 5,2% el número de nuevos casos. En total, ingresaron a lo largo de los tres primeros meses del año un total de 1.496 nuevos expedientes. Mención aparte merece en esta jurisdicción civil el juzgado dedicado a asuntos de familia que asume una mayor carga de trabajo que el resto. Mientras la media por órgano en el resto de juzgados es de 269 asuntos, el de familia asume 376. También resuelve más asuntos que la media del resto de juzgados (326 frente a 299) pero el elevado volumen de trabajo que asume evita que pueda dar carpetazo a más expedientes de los que entran, siendo el único juzgado del partido judicial al que le sucede esto. Esto provoca también que la media de asuntos pendientes de resolución al final de este periodo sea la más alta, de 646 asuntos, frente a los 429 de media de todos los juzgados (incluidos los de instrucción) y los 422 del resto de las salas de primera instancia de Pontevedra.

En total, los ocho juzgados de primera instancia e instrucción tenían al final de este periodo un total de 3.435 asuntos pendientes, frente a los 3.927 que registraban al inicio del año.

Sentencias pendientes

En cuanto a la ejecución de sentencias, esta sigue siendo una asignatura pendiente. A finales del primer trimestre del año todavía quedaban un total de 4.574 fallos judiciales pendientes de ser cumplidos.

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