La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de zanjar un proceso judicial abierto a raíz de una agresión que se produjo en la madrugada del 18 de agosto de 2014 en el interior de un pub del puerto deportivo de Sanxenxo. La Sección Segunda acaba de confirmar la pena de dos años de prisión impuesta a la acusada de causar una lesión a un ciudadano francés tras golpearlo con un vaso de cristal en el rostro.

Los hechos se produjeron durante una discusión entre esta mujer y este ciudadano francés en el interior del pub en el curso de la cual, según la sentencia, la acusada golpeó con un vaso de tubo en la zona del cuello causándole cortes y heridas erosivas en la zona de la oreja y cervical por las que necesitó recibir puntos de sutura. Como consecuencia de la agresión, a esta persona le restan como secuelas una cicatriz de dos centímetros de longitud en la zona de la oreja y de cuatro centímetros en la zona cervical. Señala el fallo que esta última cicatriz no solo se mitigó con el paso del tiempo, sino que se hizo más gruesa y visible "y de difícil resolución pese a la cirugía". Es por ello, que la sentencia inicial del juzgado de lo Penal número 1 la condenaba también al pago de una indemnización a la víctima de 7.188 euros en concepto de responsabilidad civil.

Contra esta sentencia inicial se presentó recurso de apelación ante la Audiencia al entender que no existía ánimo de menoscabar la integridad física del afectado por parte de la procesada. No obstante, la Audiencia concluye que tanto el testimonio de los forenses como de los agentes de la Guardia Civil señalan que la agresión se produjo de forma lateral y de arriba hacia abajo lo que "no es un mero acto de defensa". Considera que "cualquiera es consciente y se debe representar como altamente probable que golpear con un vaso de cristal en una zona tan sensible" puede "causar un resultado como el producido" lo que "excluye una sencilla acción imprudente".