Hasta de 111.000 euros se habría apropiado presuntamente Germán Carlos T. A. procedentes de varios clientes de la sucursal del Banco Caixa Geral en Ponte Caldelas, según mantienen la Fiscalía y la acusación particular durante el juicio celebrado ayer. Los hechos habrían sucedido entre 2006 y 2009 y por ello solicitan para él seis años de cárcel por un delito continuado de falsedad en documento mercantil y un delito continuado de apropiación indebida en cantidad de especial gravedad. Piden también la devolución de dinero a la entidad y abone una multa de 3.600 euros. El abogado defensor, al que le fue denegada la nulidad del juicio ayer, pide la libre absolución o, en su defecto, la condena mínima.

La Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra celebró ayer el juicio, en el que el acusado se acogió a su derecho a no declarar, pese a que en la fase de instrucción llegó a reconocer ser el autor de los diferentes movimientos bancarios. En total habrían sido hasta 74 y "en pequeña cantidad" y con el desconocimiento tanto del banco como de los clientes afectados. El juez negó el requerimiento de nulidad del juicio solicitado por la defensa al entender que no existe documentación que pruebe que dichas operaciones fueron realizadas por su cliente.

Un compañero de trabajo del acusado contradecía ayer al abogado defensor y ratificaba el escrito de acusación del Ministerio Fiscal y acusación particular (que ejerce el banco). El hombre comparecía en calidad de testigo tras haber sido el primero en denunciar "las discrepancias" detectadas en una serie de operaciones que se habían realizado desde la entidad y los movimientos que el acusado realizaba en sus cuentas. Al testigo "le llamó la atención" que estas operaciones tenían un importe "muy elevado" para el salario que tenía.

"Eran gastos de entre 9.000 y 11.000 euros, entre el triple o el cuádruple de su salario", señaló posteriormente el auditor del banco, en calidad de perito. "No cuadraba", confirmaba el compañero de trabajo que detectó la irregularidad.

En la reconstrucción de los hechos, el Ministerio Fiscal y la acusación particular consideraban probado que Germán Carlos T. A. fue el autor de una serie de operaciones de traspaso de fondos desde las cuentas abiertas por varios clientes naturales de Ponte Caldelas, pero que estaban emigrados en Brasil, además de a otra que se había abierto a él mismo a nombre de quien entonces era su pareja.

Durante la vista oral, el auditor del banco corroboró la forma de proceder del acusado. Señaló que la entidad pudo comprobar cómo el acusado habría utilizado las cuentas de varios clientes que residían en Brasil, aprovechándose de que no tenían apenas control sobre las mismas y de las cuales no quedaban "ningún tipo de rastro documental".

En palabras de la acusación, "un modus operandi perfecto para evitar que ni el banco ni los clientes afectados tuviesen conocimiento de los hechos" ya que habría modificado los fondos de una cuentas a otras para tapar las retiradas de las de los emigrados, una reposición "ficticia" para "cubrir el gasto". Ese dinero pasa a otra cuenta de la que el acusa era su titular o bien se retiraba desde un cajero. "Se hacían por medio de traspasos y no transferencia, como debería ser al ser cuentas de titulares diferentes pero los traspasos son más rápidos y los controles son mucho más laxos", señaló en su testimonio el auditor del banco.

70.000 euros de un cliente

Se habrían hecho hasta 74 movimientos de "pequeña cantidad" para no alertar al banco ni clientes elegidos por la relación de "amistad y confianza" entre ambas partes según la acusación. Habría llegado a sustraer hasta 70.000 euros de un mismo cliente, aunque los seis emigrantes afectados habían recuperado su dinero al reintegrárselo el banco.

No se acusa a la compañera sentimental del procesado al declarar que desconocía las operaciones llevadas a cabo por su entonces pareja. En la vista oral se daba lectura de su declaración inicial en la que afirma ignorar los movimientos bancarios de su pareja e incluso le habría dado una tarjeta de crédito de la cuenta a su nombre cuyo PIN desconocía.

La defensa pide su absolución al considerar no demostrada la prueba parental de que realizase los traspasos y que en la instrucción no estuvo el acusado defendido al no estar presente el letrado.