La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra notificó esta mañana la sentencia por el conocido como crimen de Chancelas. El fallo condena a 22 años de prisión a Albertina Táboas Fernández y a 20 años y seis meses a Rocío Gondar González por el asesinato a golpes del octogenario al que cuidaban, Secundino Prego Amil.

Tal y como ya había quedado establecido por el veredicto del jurado popular, el tribunal considera las circunstancias agravantes de precio (Albertina habría actuado para lograr la herencia del anciano y Rocío a cambio de la promesa de dinero por parte de la otra acusada) y en el caso de Rocío la pena es menor al aplicarle la atenuante de confesión.

La sentencia también les impone la prohibición de residir en el municipio de Poio ni acudir al lugar de Chancelas por espacio de 27 y 25 años. También deberán indemnizar en 80.000 euros a los dos hijos del fallecido y se declara nulo y se deja sin efecto el testamento que la víctima había dictado días antes de su asesinato en favor de Albertina, una de las autoras de su muerte.