Termas de Cuntis quiere la devolución de la finca de Budeón, donde se encuentran las piscinas municipales, y la Huerta Rectoral, en poder del Concello desde la firma del Convenio Termal de 1994. La sociedad que gestiona el histórico balneario del municipio presentaba un recurso de apelación contra la sentencia dictada recientemente por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Pontevedra que obliga a la administración local a iniciar los trámites necesario para la aprobación del desarrollo urbanístico necesario para poder trasladar las infraestructura municipal de Burdeón a una finca rústica en Castrolandín, a las afueras del casco urbano, para cumplirse la permuta que contempla el acuerdo que firmaron en su día las dos partes implicadas.

La sentencia dictada por la Justicia no convenció a ninguna de las partes hasta el punto que tanto el Concello como Termas de Cuntis tenían la intención de recurrirla, materializándose el pasado viernes la de la empresa, interesada en concluir un pleito que lleva años abierto para recuperar las dos fincas situadas en el casco urbano y que son de uso municipal desde 1994. "Es una resolución ambigua", señalaba el alcalde de Cuntis, Manuel Campos, en tras conocer la decisión de la jueza, anunciando que los servicios jurídicos de la administración local estaban trabajando para "defender con uñas y dientes los intereses de los vecinos".

Termas de Cuntis eleva su recurso a la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia para revocar el anterior auto. La sociedad pide que se declare "expresamente" que la entrega de la finca Budeón o Piscinas Municipal a la parte demandante que no fuese condicionada a ningún tipo de desarrollo urbanístico, en concreto del SAU-4 ni a la aprobación de un nuevo Plan General, algo que ya motivó el retraso en los últimos años de la entrega de la finca. Se escudan en la sentencia del 29 de julio de 2011 en la que se señala al Concello que devuelva la finca realizando únicamente las operaciones previas necesarias.

También reclaman que se ordene a Campos "iniciar, tramitar y resolver el procedimiento necesario para la desafectación de la finca Budeón, y con base a la providencia de 20 de junio de 2013 se fije un plazo para el cierre efectivo de las piscinas, cesando así la afectación al servicio público y, en caso de no hacerlo, esa fecha sea impuesta judicialmente.

A la vista de la pasividad mostrada para dar cumplimiento a la sentencia, Termas de Cuntis pide que se mantenga el auto apelado en lo que se refiere al apercibimiento sobre la figura del alcalde de la imposición de multa de 600 euros, reiterable periódicamente, hasta que se produzca el efectivo cumplimiento de la sentencia. También reclama que se impongan las costas procesales a quien se oponga al recurso.

Se trata de un capítulo más que se suma a un pleito entre la sociedad gestora del balneario y el Concello que deriva de un Convenio Termal, cuyo acuerdo debería haberse ejecutado en 1998.

No suspende la sentencia

El recurso presentado por Termas de Cuntis no suspende lo resulto por el Juzgado previamente, por lo que el Concello todavía debe justificar las actuación que ordena la sentencia previa. Eso supone el margen de menos de un mes (que está a punto de concluir) para que el gobierno local ponga en marcha el desarrollo del SAU-4. El Concello considera que el acuerdo que se firmó en su día con Termas de Cuntis "no se hizo en igualdad de condiciones" entre las dos partes implicadas.