Los comuneros de Campañó no tendrá que pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles por su hipódromo. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Pontevedra ha anulado los recibos que por este concepto había girado el Concello a esa comunidad de montes ya que esas instalaciones hípicas se ubican en terreno comunal y este suelo está exento del IBI.

Aunque esta sentencia no es firme y podría ser recurrida, los servicios jurídicos municipales recomiendan no acudir a esa vía al entender que "sería muy difícil" obtener éxito. Por ello, se aconseja dejar sin efecto las liquidaciones impugnadas y devolver los pagos a la comunidad de montes si se hubiera producido el abono.

Este mismo informe señala que los montes de Campañó están declarados comunales desde 1981 y el hipódromo fue autorizado por el Concello en octubre de 2009, con el añadido en la licencia de que se le aplica un "particular régimen urbanístico al tratarse de un monte vecinal en mano común". Un informe pericial posterior acredita que el recinto hípico está ubicado en monte comunal y como tal está exento del IBI. Aunque el fallo se refiere a un recurso centrado en los años 2011 y 2012, los servicios jurídicos municipales señalan que esta resolución podría aplicarse a los sucesivos ejercicios.

Esta sentencia fue conocida por el Concello en la junta de gobierno de ayer, donde también se dio cuenta de la decisión de Sogama de retirar otra batería de pleitos por la tasa de basuras contra el Concello una vez que ambas partes pactaron el abono de la deuda municipal, que debe estar saldada el próximo mes de abril.