El Tribunal Supremo acaba de poner en el alero la posible continuidad de Elnosa en Lourizán al dictar una sentencia en la ordena al Ministerio de Medio Ambiente a incoar un expediente de caducidad de la concesión de Costas a la planta de cloro de Lourizán y a "adoptar todas las medidas legales para la paralización de las actividades y suspensión del uso y explotación de las instalaciones sin concesión administrativa". El Supremo desestima así un recurso de la empresa contra una sentencia similar de la Audiencia Nacional, dictada en 2014.

Este proceso judicial fue emprendido en su día por Salvemos Pontevedra, que difundió ayer la resolución del Supremo, fechada el pasado 20 de noviembre. Francisco Díaz, presidente del colectivo ecologista ya ha emplazado "al Concello, a la Xunta y al Ministerio de Medio Ambiente a actuar en consecuencia", toda vez que este fallo es firme y no cabe recurso alguno.

El alto tribunal desestima en su totalidad el recurso que Elnosa formuló contra la sentencia de la Audiencia Nacional que ya establecía el inicio de ese expediente de caducidad y la "paralización" de la actividad. Este fallo llega en medio de las movilizaciones del personal de la clorera para que se permita la continuidad de la fábrica en Lourizán y se prorrogue su concesión. De hecho, en el caso de que se solicite esa prórroga, ese proceso quedará paralizado mientras no se resuelve el expediente ahora ordenado.

Elnosa era la última de las empresas e instalaciones que en su día se instalaron gracias a una concesión del Estado en las marismas de Lourizán sobre las que todavía no existía un pronunciamiento de este tipo. Anteriormente, también a iniciativa de la asociación Salvemos Pontevedra, el Estado también se vio condenado a iniciar el expediente de caducidad de la concesión y de paralización de la actividad a Construcciones Malvar, Hormigones Holcim, el Grupo Empresarial Ence, la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Placeres y el Emisario Submarino. "Con Elnosa -destacaban ayer desde la Plataforma- se cierra el grupo de empresas que desarrollan sus actividades industriales de forma irregular en las marismas de Lourizán". En la actualidad son ya firmes sentencias similares en el caso de Malvar y Holcim (empresas que ya no están en Lourizán) y están pendientes de casación ante el Tribunal Supremo las de Ence y la depuradora de Placeres. Esta sentencia de la Audiencia referida a Elnosa también puede ser recurrida ante el Supremo y Salvemos Pontevedra no tienen duda de que tanto el Estado como la empresa la recurrirán "en un intento de demorar lo inevitable", aseguran.

Tras esta sentencia, para este colectivo, "teniendo en cuenta que Elnosa carece de cualquier título habilitante para ocupar y realizar sus actividades industriales (clasificadas molestas, insalubres, novias y peligrosas) en dominio público marítimo-terreste, desde aquí emplazamos a las administraciones públicas competentes (Concello de Pontevedra, Xunta de Galicia, Ministerio de Medio Ambiente) a que den cumplimiento a la sentencia y actúen en consecuencia, procediendo a reparar un despropósito medioambiental histórico en la Ría de Pontevedra".