El Ministerio de Medio Ambiente está obligado a incoar un expediente de caducidad de la concesión de Costas a la empresa Elnosa, en Lourizán y a “adoptar todas las medidas legales para la paralización de las actividades y suspensión del uso y explotación de las instalaciones sin concesión administrativa”, a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo que desestima un recurso de la empresa contra una sentencia similar de la Audiencia Nacional, dictada en 2014.

Este proceso judicial fue emprendido en su día por Salvemos Pontevedra, que difundió hoy la resolución del Supremo, fechada el pasado 20 de noviembre. Francisco Díaz, presidente del colectivo ecologista ya ha emplazado “al Concello, a la Xunta y al Ministerio de Medio Ambiente a actuar en consecuencia”.

El alto tribunal desestima en su totalidad el recurso que Elnosa formuló contra la sentencia de la Audiencia Nacional que ya establecía el inicio de ese expediente de caducidad y la “paralización” de la actividad. Este fallo llega en medio de las movilizaciones del personal de la clorera para que se permita la continuidad de la fábrica en Lourizán y se prorrogue su concesión.

Elnosa era la última de las empresas e instalaciones que en su día se instalaron gracias a una concesión del Estado en las marismas de Lourizán sobre las que todavía no existía un pronunciamiento de este tipo. Anteriormente, también a iniciativa de la asociación Salvemos Pontevedra, el Estado también se vio condenado a iniciar el expediente de caducidad de la concesión y de paralización de la actividad a Construcciones Malvar, Hormigones Holcim, el Grupo Empresarial Ence, la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Placeres y el Emisario Submarino.

Tras esta sentencia, para este colectivo, "teniendo en cuenta que Elnosa carece de cualquier título habilitante para ocupar y realizar sus actividades industriales (clasificadas molestas, insalubres, novias y peligrosas) en dominio público marítimo-terreste, desde aquí emplazamos a las administraciones públicas competentes (Concello de Pontevedra, Xunta de Galicia, Ministerio de Medio Ambiente) a que den cumplimiento a la sentencia y actúen en consecuencia, procediendo a reparar un despropósito medioambiental histórico en la Ría de Pontevedra.