El juzgado de lo Penal 4 de Pontevedra, especializado en violencia sobre la mujer, condenó a una pena de 28 días de trabajos en beneficio de la comunidad, una prohibición de 6 meses para portar armas, y orden de alejamiento de un año sobre la víctima a un hombre por rajar tres ruedas del coche de su exnovia y agredirla tirándole una piedra. Además, también le impone una multa de 90 euros por un delito de daños y le obliga a indemnizar a su expareja por los daños causado en el coche.

Los hechos ocurrieron en Portas en 2013. Según la sentencia, el hombre se acercó a casa de la hermana de su expareja (con quien había mantenido una relación sentimental de más de 15 años). Allí tenía su ex aparcado el vehículo y le rajó tres ruedas. En ese momento fue sorprendido por la víctima que le gritó y este le lanzó una piedra que le alcanzó en una pierna provocándole una contusión.

El acusado recurrió esta sentencia inicial ante la Audiencia pero tan solo logró que el Tribunal obligase a la víctima a acreditar en ejecución de sentencia que realmente los gastos causados por la reparación de las tres ruedas ascendieron a 300 euros como indicaba la primera sentencia.