La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado parcialmente el recurso de la empresa Antalsis S.L. contra el Concello de Marín, por una reclamación patrimonial ocasionada al ayuntamiento por los retrasos en la ejecución de las obras del Plan Arela.

En un fallo dictado recientemente, el tribunal desestima por una parte la apelación formulada por la empresa en cuanto al pago de 150.210,16 euros reclamados por el Concello a título indemnizatorio.

Por otra parte, tampoco admite su recurso de apelación contra un fallo por otra reclamación de 12.702,75 euros por "intereses moratorios por eventual retraso en el pago de certificaciones de obra".

Antes que el alto tribunal gallego, también la xunta de gobierno local desestimó el recurso presentado por la empresa contra el acuerdo de esta xunta de goberno de noviembre de 2013, que valoró en 240.926,24 euros los daños y perjuicios causados al Concello en las obras del plan "Arela" de humanización de calles.

El gobierno local estimó que la empresa debe indemnizar al Concello de Marín por la resolución culpable del contrato entre ambas partes, por lo que impuso una sanción que posteriormente la empresa recurrió.

Siguiendo el criterio de los técnicos, el ayuntamiento desestimó el recurso presentado por la constructora, que acudió a la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

En su momento, el Concello tuvo que rescindir el contrato a la empresa por incumplimiento de los plazos, lo que causó, además de numerosas molestias a los vecinos, un perjuicio al municipio tanto por los gastos como el retraso en la ejecución de las obras.

Existen dos expedientes al respecto. El primero se abrió en enero de 2013. Al plantearse varios problemas en la tramitación, que demoraron su resolución, la Secretaría del Concello recomendó al gobierno local dar por caducado el primer procedimiento para abrir otro de inmediato (en el que tenían plena validez las actuaciones ya realizadas), solicitando los informes pendientes para poder concluir el procedimiento. De otro modo, el demandado podría exigir el archivo del expediente.

El segundo expediente se abrió en octubre de 2013 y tras dar audiencia a la empresa por un período de quince días, se volvió a cerrar nuevamente, y así fue resuelto por la xunta de goberno local.