En concepto de responsabilidad civil, Manuel C. I. indemnizará a Canal Satélite Digital en la suma de 20.000 euros y a la entidad Egeda en 48.000 euros, además de los intereses previstos. Del pago de dichas cantidades, según la sentencia, responderán con carácter subsidiario las empresas Manvimon S. L., Mcatelecom S. A., Empremobapo S. L., y Galivisión S. A.

Según la sentencia, las actuaciones se iniciaron en virtud de un atestado elaborado por la Brigada de Investigación Especializada de la Dirección General de la Policía y en 2005 se llegó a autorizar el registro de la sede de las empresas del acusado, siendo incautado "una serie de material videográfico y fonográfico ilegal, comprobándose "in situ" por la comisión judicial la emisión por cable y por ondas de material sin la preceptiva autorización o licencia de los titulares de los derechos.