La versión de Salvemos Pontevedra (que ayer hizo entrega de copias de la sentencia) difiere diametralmente de la hecha pública el viernes por Ence y que ratificó ayer mismo. La compañía asegura en ambas ocasiones que se ve en la necesidad de aclarar que la concesión para ocupar los terrenos de Lourizán "sigue plenamente vigente, por lo que decir lo contrario es faltar a la verdad y manipular".

La sentencia del Supremo, añade la pastera, "únicamente condena a la administración a iniciar (incoar) un expediente de declaración de la caducidad de la concesión, pero en ningún caso se prejuzga el resultado final. Es decir, solo se ordena tramitar un procedimiento, pero en ningún momento se pronuncia sobre si existe o no causa de caducidad de la concesión, como tampoco lo hizo en su día la Sentencia de la Audiencia Nacional".

Por ello, la empresa se muestra convencida de que "la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo consistirá exclusivamente en la apertura de dicho expediente administrativo" . Insiste la pastera en que tiene "la convicción de que este expediente se resolverá favorablemente porque no existen motivos para declarar la caducidad de la concesión"

"La actividad no se ve afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo. Es falso que la sentencia ratifique el cese la actividad de Ence. Al contrario, ratifica que todas las instalaciones amparadas por la concesión podrán seguir en uso durante la tramitación del expediente administrativo. Por tanto, la fábrica de Ence puede seguir, y seguirá, realizando sus actividades, generando empleo y riqueza y contribuyendo al desarrollo sostenible de la economía local y regional", concluye el comunicado remitido ayer por la compañía., que defiende "su legítimo derecho a obtener una prórroga de su concesión al amparo de la Ley de Costas. La sentencia del Supremo ni se pronuncia ni prejuzga en modo alguno dicho derecho".