-La aplicación de la Doctrina Parot y la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos es otra cuestión "sensible", ¿qué opinión le merece la sentencia?

-A fecha de hoy la sentencia del Tribunal Europeo era necesaria porque afortunadamente la cuestión del terrorismo de ETA ha cambiado. Pero desde el punto de vista sociológico, poner en la calle de la noche a la mañana en libertad no ya a 60 convictos de asesinatos, terroristas, sino también a una docena de delincuentes sexuales y pederastas entre otros, así cada Audiencia Provincial y sin escuchar a las víctimas, a la Fiscalía y al Abogado del Estado, me parece una ejecución muy criticable. El tema de la ejecución de la sentencia del Tribunal Europeo tenía que haberse residenciado en el Tribunal Supremo y una vez que éste hubiera sentado una doctrina a lo mejor no todos los convictos tenían que haber sido puestos en libertad, puesto que alguno de ellos de hecho está volviendo a delinquir. Se hizo mal y por eso hay que reformar nuestro ordenamiento jurídico . Hay que establecer un recurso de revisión, un motivo de revisión para la ejecución de sentencia del Tribunal Europeo, que ha provocado un golpe muy fuerte al estado de derecho español.

-En cualquier caso eran convictos con penas ya cumplidas en su totalidad o gran parte, ¿la reincidencia no es algo que tiene que tener previsto la sociedad en aquellos convictos que cumplen su condena?

-En el caso del terrorismo yo no tengo ninguna objeción porque ya digo que el Tribunal Supremo ahora no hubiera aplicado la doctrina Parot porque las normas se interpretan de conformidad con la realidad social en el momento histórico presente. En el año 2014 la situación del fenómeno terrorista no es la misma que en el año 1996, por eso he dicho que el Tribunal Europeo ha corregido eso y en ese aspecto ha sido positiva la sentencia. El problema es la ejecución de esta sentencia, entre otros, porque quizá con los reincidentes debieron de haber sido un poco más cautos.