Las consecuencias prácticas de las sentencias conocidas ayer pasan por una posible clausura, al menos temporal del parking, y una posible indemnización a la empresa actual si pierde la concesión. Sin embargo, sobre el primer punto, Mosquera estima que "no tendría que afectar a los garajes privados" y sobre el segundo este concejal y Louro confían en que no "suponga perjuicio alguno para el Concello" porque en 2010 se firmó un convenio con Veteris por el que cualquier posible indemnización la pagaría la nueva empresa concesionaria.

Los informes jurídicos sobre este prolongado pleito señalan que la raíz de este conflicto urbanístico está en la anulación de la modificación de la normativa del PGOU sobre el uso del subsuelo y que permitió la ejecución del aparcamiento abarcando simultáneamente suelo público y privado sin concurso público. Esa modificación, que fue aprobada en 2003 con los votos de los grupos municipales PP, BNG y PSOE, dio soporte al convenio con Veteris y al Plan Especial de Infraestructuras y Dotaciones. Todo ello fue anulado en primera instancia por los tribunales en 2007. Pese a ello, en 2010 se tramitó la adjudicación directa de la explotación del aparcamiento a la empresa que lo había construido. Trámite que, al estar apoyado necesariamente en los actos administrativos del año 2003, fue anulado nuevamente por los jueces.

En 2010 se realizó una valoración de las obras realizadas, que fue cerrada en 3.108.005,14 euros más IVA. Veteris aceptó esa valoración y renunció expresamente al lucro cesante. Esa cantidad sirvió también para el cálculo de una eventual indemnización en caso de que la explotación del aparcamiento tenga que salir a concurso público y resultara adjudicataria otra empresa.

Por ello, desde el Concello se insiste en que "los pactos firmados preservan los intereses municipales porque, de abrirse la licitación de la parte pública del aparcamiento y de no resultar Veteris la adjudicataria, la nueva empresa debería depositar como canon anticipado una cantidad, como mínimo, equivalente a la valoración de las obras. Además, el acuerdo con Veteris va aminorando el importe de la indemnización en función del período de amortización tras la apertura del aparcamiento".

Tras más de diez años de pleitos, recursos y polémica, el aparcamiento subterráneo de Veteris, bajo la calle Antón Fraguas y los edificios colindantes está más cerca que nunca de cerrar, al menos temporalmente. El Tribunal Supremo y el Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaban de confirmar por completo su ilegalidad y de echar por tierra cualquier posibilidad de regularizar esas instalaciones, en servicio desde octubre de 2010, al anular de forma definitiva toda la tramitación urbanística y administrativa que ampara su construcción y apertura.

El Supremo, en una sentencia fechada el pasado 9 de mayo y conocida ayer, invalida de manera firme el plan especial de infraestructuras que elaboró el Concello en su día para dar amparo urbanístico a un parking que ocupa conjuntamente subsuelo público y privado. A su vez, el TSXG deroga, también sin posibilidad de recurso, la concesión "a dedo" que formuló en su día el gobierno local a favor de la empresa Veteris para gestionar las instalaciones. Esta empresa fue la que promovió los edificios de viviendas de la calle Antón Fraguas y el propio parking, donde conviven plazas de uso rotatorio público, plazas de garaje de los domicilios y plazas para uso de los clientes de un supermercado. En total son 660 plazas, de las que 218 se destinan a cubrir la demanda de garajes de los edificios residenciales y 440 son de uso público. Todos cuentan con un acceso común y estas dos sentencias -la quinta y la sexta en esta década de pleitos, todas contrarias al Concello y a Veteris- amenazan con provocar la clausura, al menos temporal, de las instalaciones mientras no se encuentra una solución urbanística y administrativa.

Así lo admitió ayer el concejal de Infraestructuras, César Mosquera, responsable de Urbanismo durante buena parte de esta tramitación hace diez años. A su juicio, la solución pasaría por elaborar un nuevo plan urbanístico que corrija las deficiencias del anulado por los tribunales (entre otras cosas, incluyendo una evaluación ambiental), y después convocar un concurso de adjudicación de la gestión del parking, abierto a cualquier empresa interesada. De resultar elegida una compañía distinta a la actual, la nueva tendría que sufragar los gastos de construcción del parking, calculados tras descontar los casi cuatro años de funcionamiento.

En todo caso, mientras se resuelve este proceso, la parte que promovió este largo pleito (la empresa Tejima, que gestiona un parking privada muy cerca del de Veteris) podría reclamar la ejecución de estas sentencias firmes y forzar el cierre, con la consiguiente inseguridad para los vecinos que tienen su plaza de garaje (supuestamente legal) en las zonas privadas del propio aparcamiento. De hecho, tanto Mosquera como el actual concejal de Urbanismo, Antón Louro, admitieron ayer que "el asunto es muy complejo" y "puede ir para largo".

Veteris no dispone ahora de ningún soporte legal que ampare su instalación. De hecho, además del plan de infraestructuras y la concesión ahora anuladas definitivamente, otra sentencia de principios de 2013 (recurrida ante el TSXG) anulaba también el permiso de apertura sobre la base de los argumentos ya esgrimidos en los demás pronunciamientos judiciales: la modificación urbanística que trató de amparar su ejecución, el Plan de Infraestructuras y la fórmula elegida para otorgar su explotación a esta empresa, ya que no se cumplió el requisito de libre concurrencia sino que se hizo de forma directa.

De hecho, en una de esas sentencias previas ya se dejaba claro que "vistos esos procesos contenciosos, ya no cabe ninguna duda al respecto de la ausencia de cobertura o base suficiente en el planeamiento general municipal de los acuerdos aquí impugnados". Incluso añadía que "no deja de sorprender, dada la actitud mantenida insistentemente por las partes demandadas, de negar la estrecha vinculación entre los acuerdos ahora impugnados" y las sentencias anulatorias anteriores.

Y es que estas dos últimas sentencias contienen unas resoluciones que eran más que esperadas por el gobierno local, que desde hace años tenía nulas esperanzas de salir airoso de este conflicto jurídico. En enero de 2013 una sentencia del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra ponía de manifiesto que "pocas veces se alcanza este trámite judicial (la sentencia) con una determinación tan evidente, tan clara, gracias a los antecedentes judiciales de la resolución a adoptar", e insiste en que "de la simple lectura de las resoluciones judiciales resulta con absoluta evidencia la estimación del presente recurso". En esa misma sentencia se añadía que los acuerdos municipales ahora anulados "solo gozarían de base legal de disponer de una norma válida en el planeamiento general, cosa que a estas alturas ya no sucede pero que tampoco sucedía en la fecha en la que se dictaron".