Un ciudadano español de origen marroquí, Isaam S. K., aceptó ayer una condena de un año y medio de prisión y un apena de multa de dos meses a razón de seis euros diarios como autor de un delito de lesiones y una falta de hurto por la grave agresión que sufrió en abril de 2010 un vecino de Marín a manos de esta persona.

El acusado reconoció ayer ante los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra que el 5 de abril de 2010 sobre las seis de la madrugada en el campo de fútbol de Figueirido propinó un puñetazo en la nariz a este marinense que cayó al suelo donde el acusado continuó dándole patadas. A continuación, sacó una navaja y gritándole "soy Satán, te voy a cortar", le realizó a la víctima varios cortes en el tronco y las piernas, para finalmente darle una patada en la cabeza que le hizo perder el conocimiento. El acusado aprovechó ese momento para apoderarse de diez euros en metálico que portaba la víctima, así como su cartera, el móvil y un reloj, objetos todos ellos que fueron valorados en 139 euros.

La Fiscalía solicitaba inicialmente una pena de 4 años por el delito de lesiones pero finalmente rebajó esta petición de condena tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado y la aplicación de varias circunstancias atenuantes, entre ellas, la de embriaguez. Tanto el Ministerio Público como la acusación particular se mostraron de acuerdo con la pena que finalmente le va a ser impuesta a esta persona.

El fallo establece que, además de la pena de prisión y la multa, el acusado tendrá prohibido acercarse a menos de quinientos metros o comunicarse con la víctima por un periodo de tres años, además de indemnizarle con dos mil euros por las secuelas de aquella agresión. La víctima sufrió cortes en la cara, en el labio superior, tronco y extremidades, así como en el cuero cabelludo; además de una fractura de nariz y numerosas contusiones. Además, tuvo que recibir tratamiento psicoterapéutico por diagnóstico de estrés post-traumático.

Según la Fiscalía, el acusado, en el momento de la comisión de los hechos, padecía un trastorno de la personalidad pero no tenía afectadas sus capacidades cognitivas. En el momento de los hechos era vecino de Figueirido.