A veces las relaciones que uno mantiene en el pasado le persiguen hasta límites que van mucho más allá de lo deseado e incluso de lo permitido por la ley. Esto parece ser lo que le ocurrió a una vecina de Pontevedra que se encontró a su exmarido oculto en el interior del armario de su vivienda. Ahora, este pontevedrés de 45 años de edad, se enfrenta a una petición de pena de dos años de cárcel por parte de la Fiscalía como autor de un delito de allanamiento de morada, una pena que la acusación particular, que ejerce su exmujer, rebaja a seis meses de prisión.

Según se relata en los respectivos escritos de acusación presentados tanto por el fiscal como por la acusación particular, esta mujer había roto su relación sentimental con el acusado hacía cuatro años pero continuó residiendo algún tiempo en el domicilio de la mujer. Cuando finalmente tuvo que dejar dicha vivienda (en 2012), la víctima tuvo que interponer "reiteradas denuncias por el acoso al cual fue y es sometida". Este supuesto acoso habría llegado a tal punto que aseguran que el 8 de marzo de 2013, sobre las 23.30 horas, esta mujer y el que era ya su nueva pareja sentimental sorprendieron en el interior del dormitorio en el que ambos estaban acostados al exmarido de la primera. Pese a las reiteradas indicaciones de la mujer para que este hombre abandonase la vivienda, él se negaba, "volviendo reiteradamente al dormitorio" hasta que lograron conducirlo a la puerta empujándolo para que dejase el domicilio, explica el fiscal.

Añade la acusación particular que, una vez fuera del domicilio, el hombre continuó llamando al telefonillo del domicilio y al móvil de la mujer de forma reiterada, por lo que esta optó por avisar a la Policía Nacional de Pontevedra, que cuando llegó al lugar ya no encontró a este hombre, puesto que se había ido. Destaca la representación de esta mujer, que su exmarido no tenía autorización para entrar en la vivienda.

Orden de alejamiento

Después de aquel episodio, el juzgado de Instrucción 3 de Pontevedra emitió un auto en el que prohibió al acusado acercarse a su exmujer a una distancia inferior a trescientos metros, orden que todavía está en vigor a la espera de que se celebre el juicio en la Audiencia Provincial y que se celebrará por el procedimiento del Tribunal del Jurado.