Penas que suman 50 años de prisión y multas que suman 45,4 millones de euros. Esta es la condena que impone la Sección Segunda Audiencia Provincial de Pontevedra a un grupo de cinco narcotraficantes gallegos y colombianos que, según el fallo, pretendían abrir "una vía estable de envío de cocaína a España" a través de los puertos de Vigo y Marín. Un error con la mercancía lícita que servía para camuflar la droga, un cargamento de plátanos que entró en noviembre de 2010 a través del puerto de Vigo, fue clave para que las fuerzas de seguridad dieran con el primero de estos envíos de 55 kilos de cocaína, oculta en palés de madera.

Los magistrados de la Audiencia asumen la práctica totalidad de las tesis que defendía el fiscal antidroga de Pontevedra, Luis Uriarte, y condenan a cuatro de los cinco miembros del grupo no solo por el delito de tráfico de drogas sino también por pertenencia a organización criminal. Al frente de la misma (al menos de la rama gallega) sitúan a un valenciano afincado en Galicia, Alfredo Martí González, a quien le imponen una pena de 14 años de prisión (13 por el delito contra la salud pública y un año más por tenencia ilícita de armas). Él jugaba, según el fallo, el "papel principal" de la organización en Galicia y era el encargado de buscar y mantener los contactos con los colombianos.

Otro miembro de la rama gallega de la organización era el empresario vigués José Ramón del Río Dacosta a quien se le impone una pena de 10 años de prisión. Según la sentencia, "aportaba la infraestructura empresarial necesaria para hacer posible la operación de comercio internacional" que sirvió para camuflar el envío de cocaína a través de la empresa Vite Desarrollo S. L., con sede en Vigo.

La tercera pata de la trama gallega es José Manuel Currás. Este pontevedrés sería en encargado del transporte y "sacar la cocaína" de puerto "aprovechando los contactos que él mismo tenía en los de Marín y Vigo". Se le impone también una pena de 10 años de prisión.

Los otros dos implicados son ciudadanos colombianos. Se trata de Guillermo Torres Rodríguez, al que definen como "uno de los representantes de la rama colombiana de la organización" y su función "consistía en ultimar los detalles con la rama gallega" del momento en el que el alijo llegaría a España, así como mantener informados a sus compatriotas "exportadores de la droga". Se le impone también una condena de 10 años.

Su compatriota José Germán Delgado Galvís es el único que el tribunal considera que no quedó probado que formase parte de la organización, aunque sí conocía que lo que estaba facilitando es un envío de cocaína. Es por ello que le impone una condena de 7 años de prisión.

La Sección Segunda de la Audiencia hace hincapié en esa intención de abrir una vía estable en el tiempo para introducir droga utilizando los contactos portuarios de los gallegos y señala que "la actividad del grupo no se limitaría a un envío aislado" sino realizar nuevos transportes "aprovechando estos contactos y la infraestructura creada".

Para argumentar esta afirmación, la Audiencia echa mano de las escuchas telefónicas realizadas a los implicados en las que señalan, por ejemplo, que "siempre que no nos agarren podemos estar trabajando un añito tranquilamente y después descansar y volver a empezar".

Problema en la aduana

Este primer alijo que enviaron no pasó los controles por los pelos. Fue necesario realizar hasta cinco inspecciones al contenedor antes de hallar la droga camuflada en el interior de los palés de madera que traían los plátanos, la carga legal que se importaba. Sin embargo, quien lo hizo no se dio cuenta de que el producto importado no era banano macho para freír (que no necesita licencia de importador ni cupo para ser distribuido en Europa), sino que era plátano común, como el que se produce en España, por lo que fue retenido en la Aduana hasta que el cargamento se perdió y Sanidad ordenó su destrucción.

Fue entonces cuando los agentes, que seguían al grupo mediante las escuchas telefónicas, pudieron acceder a la droga tras autorizar el juzgado a que se pudiera inspeccionar la carga destruyendo los palés y la propia mercancía al haber decretado Sanidad que esta ya no era apta para el consumo humano.