Aún quedan batallas por librar antes de dar la guerra por perdida. La Abogacía del Estado busca, en nombre de la Autoridad Portuaria de Marín-Pontevedra, fórmulas legales para evitar la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que anula el Plan Especial del puerto y declara ilegales las obras de relleno de la ría realizadas bajo su amparo y en consecuencia obliga a reponer la zona portuaria a su situación anterior.

Pero además la Autoridad Portuaria y la Xunta de Galicia, para quienes la sentencia del Supremo es firme, miran hacia la Diputación de Pontevedra, que promueve, a través de un despacho de abogados madrileño, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por la sentencia del Tribunal Supremo que la condena a cofinanciar las obras para levantar los rellenos ilegales, una superficie de 328.000 metros cuadrados ganados en su día al mar, "a pesar de que no ha sido parte en el proceso", tal como se recoge en el fallo dictado por el Supremo.

El contencioso judicial que ha derivado en el fallo del Supremo que anula el Plan Especial del puerto se remonta a nueve años atrás cuando el colectivo vecinal Plataforma en defensa da praza dos Praceres planteó ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) un recurso contra la resolución del entonces conselleiro de Política Territorial e Obras Públicas, Xosé Cuiña, aprobaba definitivamente al plan especial del puerto de Marín- Pontevedra, la ordenación urbanística que amparó el paso del tren por la plaza pública dos Praceres y los rellenos del mar finalmente declarados ilegales.

La Diputación de Pontevedra entiende que las actuaciones procesales del TSXG y del Tribunal Supremo han colocado a la administración local en una situación de indefensión lo que les lleva a apelar al Constitucional. Previamente plantearon ante el propio Tribunal Supremo, que nunca notificó la sentencia a la institución provincial "por no ser parte" en el proceso, un "incidente de nulidad" de las actuaciones, que no fue admitido.

Omisión

De acuerdo con el análisis que hace la Diputación del largo contencioso, el TSXG "omitió" una garantía procesal reservada a las administraciones locales que le hubiese permitido exponer su argumentario.

El Tribunal Superior de Xustiza consideró que al haberla emplazado a personarse cuando se planteó la demanda vecinal, lo que no hizo, fue garantía suficiente. Una interpretación de la que discrepa la institución provincial que considera que el TSXG debía haber abierto un trámite para darle la posibilidad de ser escuchada.

El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional puede prolongar el recorrido legal de la demanda de los vecinos de Lourizán todavía varios años. Una posibilidad que, sin embargo, no impide a la Plataforma en defensa da praza dos Praceres solicitar la ejecución de la sentencia, lo que tendrá que ser valorado por el Supremo, que a su vez deberá resolver las previsibles solicitudes de paralización de la ejecución para evitar perjuicios mayores.

Sobre los rellenos ilegales están asentadas cuatro empresas y el muelle de contenedores.