Seis meses de prisión para un joven que ocupó durante cuatro días sin permiso una casa de Lérez

El individuo fue desalojado por la Policía Local a finales de mayo

 
La casa que fue "ocupada" por esta persona.
La casa que fue "ocupada" por esta persona.  Gustavo Santos

C. GARCÍA - PONTEVEDRA Un joven de 28 años de edad y vecino de Pontevedra, A. P. N., ha sido condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra a una pena de seis meses de prisión tras reconocerse autor de un delito de violación de morada. El acusado confesó ante el tribunal que ocupó sin permiso un domicilio de Lérez propiedad de otra persona durante cuatro días.

Los hechos se produjeron el pasado 20 de mayo cuando, tal y como recoge el fallo, el joven entró en el domicilio de la víctima aprovechando que el morador se encontraba trabajando en otra localidad. Allí permaneció cuatro jornadas hasta que fue desalojado por efectivos de la Policía Local de Pontevedra.

El procesado causó daños en la puerta de la vivienda de entrada que fue necesario sustituir. La reparación de la entrada costó 878 euros, cantidad que el acusado deberá abonar al propietario de la casa en concepto de indemnización.

Según explicaron entonces vecinos de la zona, el detenido había forzado la cerradura original e instaló un candado en la puerta. Algunos incluso lo vieron colándose por un ventanuco que estaba tapiado con unas tablas.

Se avisó a los policías, los cuales, acompañados de familiares del propietario del inmueble, se encontraron con el candado y al intentar abrirlo les franqueó el acceso el propio individuo que fue detenido por ocupar de forma ilegal la vivienda sin la autorización de los dueños.

El juicio iba a tener lugar en la Audiencia Provincial de Pontevedra e iba a ser un tribunal popular el encargado de dirimir si el acusado era culpable o inocente, sin embargo no llegó a ser necesario la celebración de la vista al reconocer el procesado ser el autor de los hechos y conformarse con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Por lo tanto, a la magistrada de la Sección Cuarta de la Audiencia tan sólo le restó dictar sentencia por conformidad.

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