REDACCIÓN - PONTEVEDRA
La Audiencia Provincial de Pontevedra confirmó la sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra que condenó a Julio Jesús B. B. a una pena de ocho meses de prisión por un delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos en un fallo que la propia memoria de la Fiscalía califica como una de las sentencias condenatorias destacables en el ámbito de los delitos relacionados con el maltrato animal emitidas el pasado año.
La Audiencia ratifica como hechos probados que el 12 de diciembre de 2005 se encontraba en una finca de su propiedad en Moraña, partido judicial de Caldas de Reis, cuando con ánimo de menoscabar la integridad física de un perro de su propiedad y de hacerlo sufrir innecesariamente le propinó golpes con un palo. La razón fue que el animal había hecho sus necesidades en un lugar que no le gustó a su propietario, según establece la sentencia.
El brutal comportamiento con el perro no terminó ahí, sino que el acusado, según el fallo, trató de sepultarlo cuando todavía estaba agonizante. Si bien, aclaran, terminó matándolo al darle varios golpes con la parte trasera de un hacha y lo enterró posteriormente en una finca vecina.
Recoge el fallo que sólo la intervención de su compañera sentimental impidió que el acusado enterrase vivo al animal cuando estaba agonizando.
Inhabilitación
La condena que ratificó la Audiencia Provincial también establece la inhabilitación del acusado para el ejercicio de cualquier profesión o comercio que tenga relación con los animales durante un tiempo de dos años.
El tribunal considera suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado la declaración de una testigo a quien la compañera sentimental del acusado relató lo que le había visto hacer al perro, ya que la pareja de éste se acogió a su derecho a no declarar durante la vista celebrada en el juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra.
Un comportamiento que el tribunal en la sentencia no duda en calificar como de “cruel” y “despreciable”.