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REDACCIÓN - PONTEVEDRA La Justicia da la razón a Comisiones Obreras y revoca así el nombramiento del ex tesorero del Pontevedra Club de Fútbol Manuel Brañas como inspector de servicios del ORAL, contratación realizada por el presidente de la Diputación, Rafael Louzán. El sindicato denunció irregularidades en el proceso y que esa labor correspondía a un funcionario, algo que ahora ve refrendado.
Desde el colectivo de la defensa de trabajadores se apunta que esta contratación se llevó a cabo mediante una resolución presidencial el pasado 14 de marzo de 2008. Todo pese a la advertencia que habrían realizado desde CC OO, asegurando que se estaba incumpliendo uno de los artículos del estatuto de este servicio de recaudación de impuestos. En ese apartado se negaría la posibilidad de que un cargo de este tipo lo desempeñase personal laboral.
Asimismo, sospechan de que detrás de esta contratación se encontraría el interés de Louzán de “colocar a su amigo para que luego fuese el sustituto del director del ORAL, que estaba próximo a su jubilación” y agregan: “Desde el primer momento el señor Louzán le dio todos los poderes, situando su toma de decisión por encima de la de los jefes del servicio”. Ante lo infructuoso de sus quejas, optaron por interponer un recurso contencioso administrativo sobre el que ahora se obtiene respuesta.
En su momento la contratación de Brañas generó “confusionismo y tirantez” entre los trabajadores del Oral según relata José Ramón Piñeiro, delegado de este sindicato en el ente provincia. “Esta forma de contratación, a dedo, impedía la posibilidad de que los trabajadores pudieran competir para el desempeño de ese puesto, ya que se omitió la publicidad de la convocatoria”, asegura.
Como una propiedad
“Esta sentencia y otras ganadas por los servicios jurídicos de CC OO a la Diputación de Pontevedra demuestran que no se puede pisotear la legislación y que las normas están para que las cumplamos todos, no sólo algunos”, apunta Piñeiro. Agrega: “Los presidentes de las administraciones públicas no pueden utilizarlas como si fuesen propiedades suyas, si no que las actuaciones tienen que estar sujetas al ordenamiento jurídico”.
Piñeiro también asegura que “Rafael Louzán suprimió todo esto por la amistad y el interés político, burlándose así de la legislación, del sindicato y de los demás aspirantes”. Como consecuencia de ello “ahora llega esta sentencia que revoca el nombramiento del señor Manuel Brañas por ser contrario a la ley, dando así razón a las advertencias realizadas por Comisiones Obreras”.
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