El último capítulo del escalofriante crimen de la pequeña Erika, la niña de 4 años vecina de O Carballiño que apareció muerta en el interior de un contenedor en mayo de 2003, se escribía ayer desde Madrid. El Tribunal Supremo acordaba rebajar la pena impuesta por la Audiencia provincial de Ourense a la madre de la menor, Ana María García Salgueiro en 15 años, pasando de los 36 años iniciales a los 21 años de prisión. Por el contrario, mantiene la condena de más de 34 años de cárcel para Luis Piñón Montoto, compañero sentimental de la condenada al que se le atribuyó las constantes violaciones a las que fue sometida la pequeña y, finalmente, la persona que se deshizo de su cadáver.

La penosa vida de la pequeña Erika salía a la luz pública aquel funesto mes de mayo, cuando su cadáver fue descubierto en el interior de un contenedor de basura de una calle de la localidad de O Carballiño.

Malos tratos, violaciones reiteradas y, finalmente, una muerte marcaron la vida de la pequeña Erika que en aquella fecha convivía con su madre, de 30 años, y su compañero sentimental, de 28, y sus otros dos hermanos de ocho y dos años de edad.

Hemorragia

Según la sentencia de la Audiencia provincial, la menor estaba sometida a constantes maltratos y violaciones por parte del compañero sentimental de la madre, a sabiendas de esta. Precisamente, una de aquellas penetraciones reabrió una vieja herida vaginal de la niña y para tratar de cortar la hemorragia, los condenados le suministraron un medicamento que es tóxico en menores.

Ante la muerte de la pequeña, Luis Piñón se deshizo de su cadáver metiéndolo en una bolsa de basura y tirándolo a un contenedor.

La Audiencia provincial de Ourense dictaba sentencia sobre este caso el pasado mes de enero de 2006. Condenaba a Ana María García Salgueiro a 36 años de prisión al atribuirle un delito de asesinato en concurso con otro de agresión sexual, y un segundo delito de agresión sexual en concurso con uno de lesiones. Malos tratos y diversas faltas de lesiones y malos tratos completaban la condena de la madre de la pequeña.

Agravante de parentesco

La pena de la progenitora fue mayor que la de su compañero sentimental porque se le aplicó la agravante de parentesco que incrementa el delito de asesinato en dos años.

Por su parte, el tribunal de la Audiencia condenó a Luis Piñón a una pena de 18 años de cárcel por un delito de asesinato en concurso con otro de agresión sexual. A 15 años de cárcel por un segundo delito de agresión sexual en concurso con un de lesiones, y 20 meses de cárcel por maltrato habitual a la menor.

Frente a esta condena, el Tribunal Supremo dio a conocer ayer la sentencia en la que decide absolver a Ana María García Salgueiro del delito de agresión sexual en concurso con otro de lesiones por el que la Audiencia le imponía 15 años de cárcel.

No obstante, mantiene la pena de 21 años y 8 meses de prisión, por un asesinato en concurso con un delito de agresión sexual, así como otro de maltrato habitual. El Tribunal Supremo también le respeta las penas impuestas por la Audiencia provincial de Ourense en el año 2006 por dos faltas de lesiones y malos tratos.

Por otro lado, la sentencia del Supremo no toca el fallo que la Audiencia dictó para Luis Piñón, manteniéndole los 34 años y ocho meses de cárcel por delitos equivalentes a los atribuidos a su compañera sentimental, incluyendo la agresión sexual que ahora le exculpan a ella.