Una discusión en casa con su hijo menor a la hora de comer, en la que terminó arrojándole un tenedor, tiene como consecuencia para una madre ourensana una condena a 63 días de trabajos en beneficio de la comunidad más una orden de alejamiento que le impedirá acercarse al chaval a menos de 150 metros durante un periodo de un mes. Sí podrá hablar con él, sin límite de llamadas diarias, y también podrán verlo los abuelos.

La acusada, que carece de antecedentes penales a efectos de reincidencia, fue a juicio ayer en el juzgado de lo Penal Número 2 de Ourense, como responsable de un delito de maltrato tipificado en los artículos 153.2 y 3 del Código Penal. La madre, que en la actualidad está embarazada, reconoció los hechos y suscribió un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, que rebaja la pena a trabajos sociales, el mes de alejamiento del menor así como la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante un periodo de 2 años y 1 día.

Tendrá que indemnizarlo

La condena dictada con la conformidad de la acusación y la defensa incluye responsabilidad civil. La progenitora está obligada a abonar a su hijo 150 euros en concepto de las lesiones causadas.

Ocurrió sobre las 15 horas del día 16 de septiembre de 2016. La acusada se encontraba junto a su hijo, que entonces tenía 11 años, en el domicilio familiar ubicado en Ribadavia que compartían por aquel entonces. Se inició una fuerte discusión a la hora de la comida. Según fuentes conocedoras del caso, el chico se disponía a marcharse de la cocina dando un portazo, momento en el que la progenitora lanzó el cubierto, con la mala fortuna de que al niño le impactó en la frente, causándole una herida de cuatro milímetros.

Según la conclusión del médico, sufrió una incisión en la región frontal derecha de la cabeza. Recibió una única asistencia y la herida tardó en curar cinco días que no impidieron al chaval seguir con sus ocupaciones habituales, según dictaminó el forense en el informe de sanidad.

El caso fue denunciado por el padre, lo que activó el protocolo judicial y la intervención del médico forense. La acusada y el hombre ya no convivían cuando ocurrieron los hechos y la relación era mala. El menor estuvo durante una temporada viviendo con la progenitora y después con el padre, con el que sigue residiendo en la actualidad. La mujer mantiene un régimen frecuente de visitas y periodos de vacaciones con el niño.

Tras la sentencia de conformidad dictada ayer, en la fase de ejecución se establecerá el lugar y el periodo para que la acusada lleve a cabo los trabajos comunitarios.