La juez escuchó a las partes el miércoles y ayer comunicó su decisión sobre si José Alén, encarcelado por matar presuntamente a su mujer en O Carballiño en enero de 2017, debe ir a juicio. La magistrada de Instrucción 2 descarta sobreseer la causa, como pretendía la defensa basándose en la demencia que padece el presunto homicida de Virginia Ferradás. No abre todavía juicio oral, pero su decisión de continuar con el procedimiento aproxima al banquillo al investigado, un paso más. La juez no ve la necesidad de más pruebas y emplaza a las partes para que se pronuncien sobre la apertura de juicio. Fiscalía y acusación particular pedirán que se celebre la vista para que el tribunal popular dictamine si Alén fue culpable de un delito de homicidio y procede una medida de internamiento en un centro, en lugar de cárcel, por una posible eximente por anomalía psíquica.

Alén estuvo presente el miércoles -sin intervenir- en una comparecencia regulada en el artículo 25 de la ley del jurado para concretar la imputación por el crimen del domingo 29 de enero de 2017. Las acusaciones aprecian indicios suficientes contra él por un delito de homicidio, castigado con penas de 10 a 15 años de cárcel. En declaraciones a la prensa, también admitieron la circunstancia particular de este caso por el estado mental del presunto autor. La acusación particular reconoce la "patología psiquiátrica clara" de José Alén, pero comparte con la Fiscalía la necesidad de que haya jurado. "No puede admitirse en nuestro derecho penal imponer una medida de seguridad si antes no ha habido juicio. Y yo además, como acusación particular, preservo los intereses de las víctimas y considero necesario que se celebre para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva", explicó Francisca Martínez, la abogada de la acusación particular.

Tras la decisión de continuar el procedimiento, comunicada ayer por la juez, la ley permite la posibilidad de que las partes propongan nuevas diligencias o la autoridad las acuerde oficio, pero en su opinión ya están hechas las necesarias para resolver si se abre juicio. El trámite siguiente que establece la ley es dar "traslado a las partes a fin de que insten, en el plazo de cinco días, lo que estimen oportuno respecto a la apertura del juicio oral, formulando escrito de conclusiones provisionales". Tras la postura de las acusaciones le tocará el turno a la defensa para plasmar su versión.

De acuerdo a la ley del jurado, de 1995, la comparecencia de José Alén en el juzgado de O Carballiño del pasado miércoles no tiene por qué ser la última antes del probable juicio. El artículo 30 de la norma indica que "una vez presentado el escrito de calificación de la defensa, el juez señalará el día más próximo posible para audiencia preliminar de las partes sobre la procedencia de la apertura del juicio oral".

A este acto podría renunciar la defensa si acepta la apertura de juicio. Concluida la audiencia preliminar, en el mismo acto o dentro de los tres días siguientes, el instructor debe dictar un auto para decidir la apertura de juicio oral -esta resolución no admitiría recurso- o el sobreseimiento (cabría apelar a la Audiencia Provincial).

Tras la llamada de un familiar que llevaba horas sin noticias, la Guardia Civil y la Policía Local localizaron el cuerpo sin vida de Virginia Ferradás, de 55 años, sobre las 20.30 horas del domingo 29 de enero de 2017. La causa de la muerte fue una asfixia por un presunto estrangulamiento. Detuvieron al marido José Alén como sospechoso. No era consciente de lo que había hecho. Todavía hoy, según fuentes del procedimiento, Alén cree que ella sigue viva y está en casa.

Antes del homicidio de su mujer, José Alén ya había sido diagnosticado por su enfermedad neurodegenerativa y seguía en estudio en el área de salud mental de la sanidad pública. La víctima había detectado cambios de conducta -un patrón de la demencia frontotemporal -que precipitaron el regreso del matrimonio desde Suiza para establecerse en O Carballiño.

Virginia Ferradás acudió a los servicios sociales del Ayuntamiento de la capital del Arenteiro para que una asistenta en el hogar la ayudara a cuidar a su marido. El 18 de enero, once días antes del crimen, el hombre se encaramó al tejado y permaneció allí varias horas. José Alén fue atendido después en el servicio de urgencias pero recibió el alta ese mismo día y volvió a su casa, junto a su mujer. Personas del entorno de la víctima y algunos representantes públicos apuntaron a posibles fallos en el protocolo de actuación con este tipo de enfermos de salud mental.

El informe de los forenses

La cuestión a debate radica en si el estado mental del acusado permite celebrar un juicio con jurado. Hace unas semanas, como ya informó este periódico, dos forenses emitieron un informe clave para la resolución de esa duda jurídica y la propia solución de caso. Los expertos sostienen que José Alén está capacitado para someterse a la vista oral ante un tribunal popular pese a las "limitaciones importantes" que presenta para comprender las consecuencias de sus declaraciones.

Mantiene una capacidad de memoria antigua y reciente, entiende mensajes y podría aportar datos a la investigación, aunque presenta "escasa o nula capacidad" de realizar un juicio crítico o entender metáforas, según los forenses, por lo que sus manifestaciones y aseveraciones deben ser interpretadas desde el contexto de la enfermedad que padece, una demencia frontotemporal cuya evolución empeora con el tiempo. El investigado, que tras la detención dijo no ser consciente del crimen, fue examinado por una psicóloga. "Borré todo", le dijo en la consulta, mostrándose colaborador pese al dolor de cabeza del que se quejaba. "Usted ya me vio otra vez", comentó. La psicóloga concluyó que José Alén no sufre un deterioro cognitivo mayor al de su enfermedad.

El Imelga dejó claro a la magistrada que el estado actual de Alén, apto en estos momentos para sentarse en el banquillo, podría empeorar si la vista se demora. Y hasta el señalamiento aún pueden pasar meses.