El hombre que mató a su mujer en O Carballiño a finales de enero de 2017 sufre una demencia cuya evolución va a peor y discute su capacidad. José Alén, de 60 años, el presunto autor del homicidio de Virginia Ferradás, de 55, permanece en prisión preventiva desde hace un año. La clave del proceso es su estado mental deteriorado. El fiscal asume la posibilidad de una eximente del investigado por anomalía psíquica, pero quiere que tanto esa conclusión como el previsible ingreso en un centro adecuado lo decida el jurado. Es su postura frente a la petición de la defensa de que el sumario se archive antes del banquillo por una demencia sobrevenida. La familia de la víctima, acusación particular, sostiene que el juicio debe celebrarse.

La Audiencia Provincial de Ourense, que es sala de apelaciones, decidirá. Ya ha designado al ponente para esta materia. Los magistrados tendrán que pronunciarse ante una disyuntiva legal. Hay dos posibles interpretaciones sobre cómo actuar ante un caso como este.

En su oposición al auto de la juez de O Carballiño que dio por finalizada la instrucción y acordó iniciar los trámites de la ley del jurado, la defensa apela al artículo 383 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El abogado se apoya en la posibilidad del archivo de la causa antes del juicio y la adopción de medidas de seguridad si se determina que el investigado no es imputable. En ese escenario hipotético, la Fiscalía se reservaría una acción civil en un procedimiento separado para decidir sobre la incapacitación de la persona y su ingreso en un centro. Hay una vía civil abierta en la que no se ha solicitado la incapacitación de Alén, pero donde un administrador judicial alude a esa posibilidad.

Sobre cómo proceder con el homicida de su mujer en O Carballiño, el fiscal delegado de Violencia de Género en Ourense, Julián Pardinas, se decanta por la interpretación de la norma que el Tribunal Supremo ha citado en varias resoluciones. El alto tribunal postula que este tipo de causas se lleven a juicio para que la sentencia determine la implicación en los hechos en función de la prueba -respetando el principio de presunción de inocencia y la posibilidad de una absolución-, así como si procede la medida de seguridad de internamiento que prevé la ley penal. Es una manera de que el investigado -aun si no se puede defender a sí mismo por falta de capacidad mental- tenga las garantías de un juicio justo ante un tribunal imparcial, como cualquier encausado.

El ministerio público se opone al recurso de la defensa y pide a la juez que remita la causa a la Audiencia Provincial para que se fije un juicio con jurado popular. La acusación particular opina igual. La abogada de la familia de Virginia Ferradás se apoya en que, en el primer informe forense del Instituto de Medicina Legal (Imelga), los psiquiatras consideraron que pese a la demencia José Alén mantenía la capacidad para ir a juicio. La acusación particular esgrime, además, el derecho a la tutela judicial efectiva, al derecho de las víctimas a se resarcidas y al principio de igualdad de armas.

El caso dio un giro hace unas semanas, después de que el centro penitenciario de Pereiro comunicase a la juez de Instrucción 2 de O Carballiño el empeoramiento de la enfermedad neurodegenerativa del investigado y sus pautas de comportamiento. A su estado mental se une una limitación física. El fiscal, que ahora se manifiesta pidiendo juicio con jurado, solicitó entonces que los forenses realizaran una segunda evaluación del estado mental. Es un dictamen que se mantiene y tendrá peso como una de las pruebas fundamentales de la vista, si finalmente se celebra. La anomalía o alteración psíquica permanente que impide comprender la ilicitud del hecho o actuar según esa comprensión es una causa de inimputabilidad en el Derecho penal.

Tras conocerse el informe de la prisión sobre el empeoramiento de José Alén, la defensa pidió su puesta en libertad. La acusación particular y la Fiscalía se opusieron. La magistrada ratificó la medida. En España solo hay dos cárceles dotadas de unidades psiquiátricas, en Sevilla y Alicante, pero sin las plazas suficientes y reservadas para delincuentes ya condenados.

No era consciente del crimen

Tras la detención, José Alén no era consciente del crimen que presuntamente cometió. ¿Qué le pasó a tu mujer?, preguntaron los agentes al marido. "Está bien, en la habitación", contestó, según las fuentes.

El homicida padece una demencia frontotemporal, una enfermedad neurodegenerativa que puede acompañarse de brotes de agresividad e incluso de alucinaciones, según los expertos. El hombre ya había sido diagnosticado inicialmente pero continuaba en estudio en el área de salud mental. La víctima había detectado cambios de conducta que precipitaron el regreso del matrimonio de Suiza para establecerse definitivamente en Carballiño.

Virginia Ferradás, pidió ayuda a los servicios sociales del Concello de O Carballiño para que una asistenta en el hogar la ayudara a cuidar a su marido. El 18 de enero, once días antes de los hechos, el hombre se encaramó al tejado y permaneció allí durante varias horas. José Alén fue atendido después en el servicio de urgencias pero recibió el alta y volvió a casa, junto a su mujer, poco después. Personas del entorno de la víctima y representantes públicos apuntaron a posibles fallos en el protocolo de actuación con este tipo de enfermos de salud mental.

Tras la llamada de un familiar que llevaba horas sin noticias, la Guardia Civil y la Policía Local localizaron el cuerpo sin vida de Virginia Ferradás, de 55 años, sobre las 20.30 horas del domingo 29 de enero de 2017. La causa de la muerte fue un estrangulamiento.